Carné de usuario profesional de productos fitosanitarios: expedición, renovación o modificación
Expedición, renovación o modificación del carné de manipulador-aplicador de plaguicidas para usuarios profesionales y vendedores de La Rioja que manipulen productos de uso fitosanitario.
Requisitos
Los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios de La Rioja deben acreditar conocimientos apropiados para ejercer su actividad mediante la obtención del carné de manipular-aplicador de plaguicidas de uso fitosanitario. Para obtener este carné hay que seguir cursos de formación con distintos niveles de capacitación en función de la actividad a desarrollar: básico, cualificado, fumigador y piloto aplicador. Los usuarios profesionales deben estar en posesión de este carné para inscribirse en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO).
Se considera usuario profesional a cualquier persona que use productos fitosanitarios en el ejercicio de su actividad profesional, incluidos operadores, técnicos, empresarios o trabajadores autónomos, tanto en el sector agrario como en otros sectores.
Solo se expedirán carnés a los usuarios empadronados en municipios de La Rioja.
Los carnés serán válidos para ejercer la actividad en el ámbito nacional y tendrán validez de 10 años.
Niveles de capacitación
- Básico: para el personal auxiliar de tratamientos terrestres y aéreos, incluyendo los no agrícolas, y los agricultores que los realizan en la propia explotación sin emplear personal auxiliar y utilizando productos fitosanitarios que no sean ni generen gases tóxicos, muy tóxicos o mortales. También se expedirán para el personal auxiliar de la distribución que manipule productos fitosanitarios.
- Cualificado: para los usuarios profesionales responsables de los tratamientos terrestres, incluidos los no agrícolas, y para los agricultores que realicen tratamientos empleando personal auxiliar. También se expedirán para el personal que intervenga directamente en la venta de productos fitosanitarios de uso profesional, capacitando para proporcionar la información adecuada sobre su uso, sus riesgos para la salud y el medio ambiente y las instrucciones para mitigar dichos riesgos. El nivel cualificado no otorga capacitación para realizar tratamientos que requieran los niveles de fumigador o de piloto aplicador, especificados en las letras c) y d).
- Fumigador: para aplicadores que realicen tratamientos con productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos, o mortales, o que generen gases de esta naturaleza. Para obtener el carné de fumigador será condición necesaria haber adquirido previamente la capacitación correspondiente a los niveles básico o cualificado, según lo especificado en las letras a) y b).
- Piloto aplicador: para el personal que realice tratamientos fitosanitarios desde o mediante aeronaves, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica que regula la concesión de licencias en el ámbito de la navegación aérea.
Documentación
- Solicitud
- Certificado de expedición del curso
- Fotocopia de titulación habilitante
- Justificante del abono de tasa
- En el caso de renovación: justificante que acredite la formación actualizada
- En caso de carné de fumigador: fotocopia del carné básico o cualificado según su nivel de capacitación (solo en el caso de no haberse expedido en La Rioja
Documentación a aportar:
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La solicitud se puede obtener en:
- La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. Avda. La Paz 8-10 . Logroño
- El Servicio de Atención al Ciudadano Teléfono 900 700 333 Contacta con el Servicio de Atención al Ciudadano
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
- De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro de La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. Avda. La Paz 8-10 . Logroño
- Oficinas de registro
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Para la expedición o renovación del carné: 15 días después de haber realizado los cursos de capacitación.
- Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para resolver y notificar al interesado será de tres meses.
Más información
- Otros Impresos
- Tasas ( 82.3 Kb)
- Normativa:
Decreto 5/2014, de 31 de enero, por el que se regula la formación de los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios para la obtención de carnés de los diferentes niveles de capacitación en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Positivo
- Recurso que procede:
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población
- Órgano competente: Dirección General de Agricultura y Ganadería
- Unidad tramitadora: Servicio de Producción Agraria y Laboratorio Regional
- Cargo que resuelve: Director/a.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Ana Belén San Bruno (941 29 11 00, ext. 35420)
- Maria Elena Monfort Lázaro
- Esperanza López Ubis
Trámites relacionados
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