Subvenciones para la contratación estable de jóvenes con discapacidad, en el mercado ordinario de trabajo
Plazo indefinido
Referencia
75898
¿Qué es? >
- Ayudas para fomentar la contratación estable, en las empresas del mercado ordinario de trabajo, de las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco de la implantación del Plan de Garantía Juvenil, a través del desarrollo de incentivos a la contratación indefinida.
Las solicitudes de ayudas deberán presentarse, como máximo, en los tres meses siguientes a la fecha de alta en la seguridad social.
Las solicitudes se tramitarán según su orden de entrada en el Registro Administrativo hasta el límite del crédito autorizado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para cada ejercicio presupuestario
¿Quién puede? >
- Se podrán consultar los
requisitos
, en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será como máximo en los tres meses siguientes a la fecha de alta en la Seguridad Social.
¿Qué necesitas presentar? >
- 1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten"
¿Cómo lo solicito? >
-
En el apartado Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse tramitar, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Tramitación >
-
Calendario de actuaciones
01/02/2019 Orden de 13 de diciembre de 2018, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2019 (BOCM nº 27, de 1 de febrero de 2019).
Normativa Aplicable >
- * Orden de 13 de diciembre de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, de tramitación anticipada por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2019, de subvenciones, destinadas al fomento de la contratación estable de jóvenes con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, en el marco de la implantación de la garantía juvenil en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 27, de 1 de febrero de 2019).
* Orden de 13 de diciembre de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, de tramitación anticipada por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2017, de subvenciones, destinadas al fomento de la contratación estable de jóvenes con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, en el marco de la implantación de la Garantía Juvenil en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 31, de 6 de febrero)
* Acuerdo de 9 de agosto de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban lasnormas reguladoras
y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil, para la contratación estable de jóvenes con discapacidad, en el mercado ordinario de trabajo, en el marco de la implantación de la Garantía Juvenil en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 215, de 8 de septiembre).
Órgano Responsable >
-
Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
D. G. del Servicio Público de Empleo
Plazos y efectos del silencio administrativo >
- PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será detres meses
.
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Gestión
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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