Subvenciones para conectividad digital de establecimientos empresariales 2017

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Ayudas a empresas para la conexión a redes de acceso a Internet de nueva generación (NGA), con velocidad de conexión igual o superior a 30Mbps.

Plazo

Del 02-02-2017 al 31-10-2017

El plazo de presentación de solicitudes acabó el 28/04/2017.

Las empresas beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa de la actividad subvencionada antes del 31/10/2017, incluido.

Presentación

Dirigido a

1. Empresas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Tener un establecimiento radicado en Navarra y estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

b) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013 (BON nº 94, de 20 de mayo de 2013).

c) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

2. Agrupaciones de empresas que, aun careciendo de personalidad jurídica, cumplan los siguientes requisitos:

a) Estén formadas por, al menos, 3 empresas.

b) Todas las empresas agrupadas tengan establecimientos en un mismo polígono de actividad económica.

c) Desarrollen proyectos en los que se resuelva conjuntamente la conexión de varios establecimientos empresariales sitos en un mismo polígono a redes NGA.

d) Nombren a una persona representante o apoderada única.

3. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

a) Las empresas de los sectores de la pesca, la acuicultura y la producción primaria de productos agrícolas.

b) Las sociedades públicas.

Más información

1. Serán subvencionables los proyectos de conexión de establecimientos empresariales a redes NGA que cumplan las siguientes condiciones:

  • a) Las inversiones y gastos del proyecto estarán dirigidos al despliegue inicial o mejora de la conectividad de establecimientos situados en polígonos de actividades económicas de Navarra que se encuentren fuera de la trama urbana y que no dispongan de cobertura de redes NGA.
  • b) Las soluciones tecnológicas de conexión a redes NGA deberán ser adecuadas para ofrecer una velocidad de conexión igual o superior a 30 Mbps.
  • c) Los proyectos y la prestación del servicio deberán ser realizados por operadores inscritos en el Registro de Operadores de Comunicaciones Electrónicas de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

2. El periodo para la ejecución de los proyectos y la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de octubre de 2017.

3. Serán subvencionables:

  • a) Importes facturados por el operador de telecomunicaciones por el despliegue de la infraestructura necesaria para ofrecer a la empresa una conectividad a banda ancha rápida (>30 Mbps).
  • b) Gastos de alta vinculados a la contratación de la línea.
  • c) Cuotas mensuales pagadas entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de octubre de 2017. Cuando se presenten gastos de las letras anteriores el importe subvencionable máximo por cuotas mensuales será del 40% del presupuesto total.

4. Importe de subvención:

Tipo de proyecto

Ayuda

(%)

Ayuda máxima por establecimiento

Proyectos de conectividad de empresas individuales conforme a la Base 2.1

50 %

8.000 €

Proyectos de conectividad de agrupaciones de empresas conforme a la Base 2.2

60 %

8.000 €

Documentación y tramitación

Documentación

Documentación obligatoria

A.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUD

A.1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través de esta ficha del Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet.

En la solicitud se señalará que las notificaciones serán telemáticas y se indicará la Dirección Electrónica Habilitada (en adelante DEH), de la empresa solicitante o del representante que designe, a efectos de realizar dichas notificaciones.

La DEH se puede obtener en la siguiente dirección del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas http://notificaciones.060.es y para ello es necesario disponer de certificado digital. Una vez obtenida la DEH se deberá suscribir a los procedimientos del Gobierno de Navarra.

A.2. La documentación que debe acompañar a la solicitud es la siguiente y deberá presentarse en documentos separados y debidamente identificados con su nombre:

a) "Formulario Conectividad de establecimientos empresariales 2017". Incluye una memoria con las características técnicas de la solución de conectividad a implantar.

b) Declaración Responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos de la base 2.1 letras b) y c).

c) Cuando el gasto subvencionable supere los 12.000 euros (IVA excluido), formulario "Justificación de la eleccion del proveedor" y, en su caso, las tres ofertas de la base 4.2

d) Si la solicitud se presenta mediante representante, copia de la escritura de apoderamiento o documento privado autorizándolo.

e) En su caso, la documentación señalada en la base 5.2 que justifique la concesión de la ayuda adicional por adopción de medidas de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.

f) Cuantos documentos se consideren de interés para la correcta valoración del proyecto.

B.- PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN DE TRANSPARENCIA (UN MES DESDE LA CONCESIÓN)

En el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, las beneficiarias deberán presentar telemáticamente la "Declaración de transparencia".

C.- JUSTIFICACIÓN (HASTA EL 31/10/2017).

Las beneficiarias deben justificar la acción subvencionada presentando:

a) "Formulario Justificacion". Incluirá una memoria justificativa del proyecto realizado.

b) Informe firmado por el operador de telecomunicación acreditando la velocidad de conexión a Interent de la solución técnica implantada.

c) Facturas y justificantes de pago bancarios, a nombre de la empresa beneficiaria y comprendidos entre el 1 de enero de 2017 y el 30 de octubre de 2017.

Documentación opcional

Pasos siguientes

Recepción y revisión de solicitudes.

Resolución de concesión.

Presentación de documentación justificativa

Resolución de abono

Pago

Normativa

Resolución 79E/2017, de 16 de enero (BON nº 22, de 01-02-2017)

Contacto

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Sección de Promoción de la Sociedad de la Información y SE

31005 Pamplona (Navarra)

Teléfono: 848 42 79 47

Para resolución de cuestiones informáticas:

Teléfono: 948 01 35 55 Email: soportec@navarra.es Horario: Lunes a jueves 8:30-17.30; viernes y verano 8:30-15.00 horas

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