Subvenciones a instituciones para la realización de proyectos para la inclusión de jóvenes en riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad (Bases reguladoras)
Históricas cerradas
Referencia
76099
¿Qué es? >
- Bases reguladoras para la concesión de subvenciones cuyo objeto es fomentar la inclusión de jóvenes con edades comprendidas entre los 14 y 30 años, en riesgo de exclusión social, a través de nuevos proyectos desarrollados por Instituciones.
¿Quién puede? >
- Podrán solicitar estas ayudas las entidades que cumplan los siguientes requisitos:
1. Estarinscritas en el Registro de Asociaciones
o de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.
2. No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
3. Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable.
4. Los monitores, coordinadores o cualquier persona que trabaje en las acciones a desarrollar en un proyecto dirigido a menores de edad, no deben haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad o indemnidad sexual, debiendo acreditarse dicha circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
5. Los monitores y coordinadores que ejecutarán el proyecto deberán estar en posesión de los correspondientes títulos, válidos para la Comunidad de Madrid.
6. Que en la entidad no concurran ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las asociaciones que incumplan lo previsto en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo Reguladoras del Derecho de Asociación no podrán ser beneficiarias de esta subvención.
Deberán reunir los requisitos señalados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el momento de la justificación de la ayuda concedida.
¿Qué necesitas presentar? >
- Cuando se publique la convocatoria, en forma de extracto en el BOCM, dispondrá de un plazo establecido en la convocatoria para presentar la solicitud, adjuntando la documentación correspondiente (Acceso convocatoria 2017)
Podrán consultar ladocumentación
a adjuntar junto con la solicitud, en el siguiente apartado de Normativa aplicable (Bases reguladoras).
Normativa Aplicable >
- * Extracto de la Orden 843/2017, de 22 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por al que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a Instituciones para la realización de proyectos para la inclusión de jóvenes en riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad para el año 2017 (BOCM nº 98, de 26 de abril)
* Orden 268/2017, de 3 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 2849/2016, de 5 de septiembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a instituciones para la realización de proyectos para la inclusión de jóvenes en riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad (BOCM nº 46, de 23 de febrero)
* Orden 2849/2016, de 5 de septiembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban lasbases reguladoras
para la concesión de subvenciones a instituciones para la realización de proyectos para la inclusión de jóvenes en riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad (BOCM nº 230, de 26 de septiembre).
(Puede verse también en el apartado de información relacionada de la ficha)
Órgano Responsable >
-
Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno
D.G de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte
Información relacionada
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