Modificación de concesiones de servicios de transporte público regular de viajeros por carretera de ámbito autonómico, que afecten al documento anexo al título concesional

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto:

Petición de modificaciones de las concesiones de transporte público regular permanente y de uso general de viajeros por carretera, de titularidad autonómica, que afecten al lugar o lugares de parada, cambios de horarios, cambios de calendario, aumento del número de expediciones, o altas y bajas de los vehículos adscritos.

¿Quién lo puede solicitar?:

  • Las personas físicas o jurídicas titulares de las concesiones
  • Ayuntamientos afectados por los servicios de transporte
  • En general, cualquier interesado, sea usuario, empresa o entidad, que acredite estar afectado por el servicio público de que se trate.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

Invocar, justificar o acreditar, estar afectado o tener un interés legítimo en el servicio de transporte público de que se trate.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud en Modelo oficial dirigida al S.T. de Fomento de la provincia correspondiente.
Se deberá aportar una memoria explicativa del objeto de la solicitud, que contenga todos los datos necesarios para valorar la petición. Se hará especial referencia a los datos del número de posibles beneficiarios, planos descriptivos de los nuevos lugares de parada, vehículos necesarios y repercusión económica y tarifaria.
Los titulares de las concesiones, además, deberán aportar el justificante de haber abonado la tasa que corresponda.
En las solicitudes de alta o baja de vehículos adscritos, se deberá aportar permiso de circulación, tarjeta ITV en vigor y documentación del seguro del vehículo.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Abierto de forma permanente.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Fomento

Órgano que resuelve:

Director General de Transportes

Plazo de resolución:

  • No existe.

Notificación:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.

Recursos:

Alzada.

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • LEY 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE 31-07-1987).
  • LEY 15/2002, de 28 de noviembre, de Transporte Urbano y Metropolitano de Castilla y León (BOE 11-12-2002).
  • REAL DECRET0 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE 8-10-1990).

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Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca

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