Inscripción de asientos registrales en el Registro de Parejas de Hecho
Inscripción de asientos registrales en el Registro de Parejas de Hecho
Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería:
Consejería de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Políticas Sociales
Dirección General:
Secretaría Gra.l Univ. e Investigación Medio Ambiente y Políticas Sociales
Descripción:
Inscribir en el Registro de Parejas de Hecho las declaraciones de constitución y de extinción de parejas de hecho; a petición de los interesados, tambi én pueden inscribirse los pactos para regir sus relaciones durante la convivencia y para liquidarlas tras su cese, así como sus modificaciones.
Tipo procedimiento:
Registros Administrativos
Tipo de Inicio:
Instancia de parte
Tipo de destinatario:
Ciudadanas/os Personas Físicas
Impresos:
Publicados como anexos a la Resolución de 15 de enero de 2016 de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social, por la que, entre otros extremos, se detallan nuevas instrucciones sobre los documentos que deben acompañar a la solicitud de inscripción básica (BOC nº 17, de 27 de enero de 2016).
Requisitos:
-1 Ambas partes de la pareja deben hallarse empadronadas y tener su residencia en cualquier municipio de Cantabria con antelación de seis meses-2 Demostrar la estabilidad de la pareja mediante alguno de los siguientes requisitos: que hubieran convivido al menos un año ininterrumpidamente; que tengan descendencia común natural o adoptiva. -3 Además, no podrán inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria las parejas ya inscritas en otro registro de uniones de hecho de otra Comunidad Autónoma, ni las uniones de las que formen parte: a) Personas menores de edad no emancipadas. b) Personas ligadas por un vínculo matrimonial. c) Personas que formen una pareja de hecho debidamente inscrita con otra persona en cualquier registro de los referidos en la disposición adicional tercera de la Ley. d) Parientes en línea recta por consanguinidad o adopción. e) Parientes en línea colateral por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. f) Personas que hayan sido declaradas incapaces para prestar consentimiento válidamente por sentencia judicial firme. 4 No podrá pactarse la constitución de una pareja de hecho con carácter temporal ni someterse a condición. 5 En cuanto a la inscripción complementaria, los pactos que se acuerden deben estar suscritos por ambas partes de la pareja de hecho, no podrán ser contrarios a las leyes, limitativos de la igualdad de derechos o gravemente perjudiciales para alguno de los convivientes ni tener un objeto exclusivamente personal o que afecten a la intimidad de los convivientes.
Documentación:
La establecida en el Decreto 55/2006, de 18 de mayo, por el que se regula la estructura y funcionamiento del Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria. A modo de ejemplo: Para la solicitud de inscripción básica: a) Documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia de cada una de las partes de la pareja. b) Certificado municipal de empadronamiento de ambas partes de la pareja. c) Certificado del Registro Civil sobre el estado civil de cada parte integrante de la pareja o equivalente en el supuesto de extranjeros, acompañado de traducción oficial, y en su caso, de la separación judicial. d) Declaración responsable de ambas partes de la pareja en la que consten los siguientes extremos: convivencia de forma estable, libre, pública y notoria en una relación afectiva análoga a la conyugal; no tener constituida pareja de hecho o de derecho con otra persona; no ser parientes en línea recta por consanguinidad o adopción o en línea colateral por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado y no haber sido incapacitadas judicialmente para prestar consentimiento válido. e) En el caso de menores de edad, certificado expedido por el Registro Civil en el que conste su emancipación. f) La estabilidad de la pareja de hecho podrá acreditarse mediante declaración responsable de ambas partes de la pareja en la que conste la convivencia ininterrumpida de al menos un año de forma estable libre, pública y notoria en una relación afectiva análoga a la conyugal; mediante fotocopia del Libro de Familia, en el que conste la existencia de hijos o hijas comunes;. g) En el caso de incapacitados, sentencia de incapacitación que les considere con capacidad para contraer matrimonio. h) Declaración responsable de ambas partes de la pareja en la que conste no haber inscrito la pareja de hecho en otro registro de parejas de hecho autonómico o certificado de cancelación de dicha inscripción de cada uno de los miembros de la pareja.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Todo el año.
Fecha:
27 de febrero del 2007
Lugar presentación :
Registro de Parejas de Hecho. C/Castelar, nº 5, entresuelo derecha. Santander. CP: 39004. Asimismo, las solicitudes pueden presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Coordinación y Relaciones Institucionales/ Decreto 103/2008, de 16 de octubre, de modificación de la estructura orgánica y relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Empleo y Bienestar Social y del Servicio Cántabro de Empleo, así como de la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Presidencia y Justicia. Decreto 3/2015, de 10 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
í?rgano resuelve / Norma atributiva:
Dirección General de Igualdad y Mujer / Decreto 55/2006, de 18 de mayo, por el que se regula la estructura y funcionamiento del Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 102, de 29 de mayo de 2006), modificado por Decreto 84/2008, de 28 de agosto (BOC nº 174, de 8 de septiembre de 2008). Decreto 83/2015, de 31 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
Plazo de resolución:
Seis meses, desde la entrada de la solicitud en el Registro de Parejas de Hecho.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Estimatorio.
Correo:
registroparejashecho@cantabria.es
Tel éfono:
942208200
Vía administrativa:
No agota la vía Administrativa
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si es presunta / Consejero/a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social.
Normativa:
Ley de Cantabria 1/2005, de 16 de mayo, de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria, modificada por Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (art. 14). Decreto 55/2006, de 18 de mayo, por el que se regula la estructura y funcionamiento del Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria. BOC nº 102, de 29 de mayo de 2006, modificado por Decreto 84/2008, de 28 de agosto (BOC nº 174, de 8 de septiembre de 2008).
Información al ciudadano:
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
- Anexo:
- Solicitud de inscripción básica
- Solicitud de inscripción complementaria
- Solicitud de nota marginal
- Solicitud de asiento de cancelación
- Solicitud de certificado
3784014
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Servicio de Contratación y Compras
Calle Peña Herbosa 29 - 1ª planta, 39003, Santander
Servicio de Administracion General
Calle Federico Vial 13, 39009, Santander
Tel. 12
Secret.Gral. de Presidencia y Justicia
Calle Peña Herbosa 29, 39003, Santander
Tel. 12
Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Reinosa
Calle Los Formidables 30, 39200, Reinosa
Escuela Arte Nº 1
Barrio Santa Barbara S/N, 39530, Reocín
Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Camargo
Calle Juan Carlos I 6, 39600, Camargo
Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A.
Calle Isabel Torres 1, 39011, Santander
Centro Rural Innovacion Educativa
Paseo Joaquin Fernandez Vallejo S/N, 39315, Torrelavega
Secret. Gral. de Educacion, Cultura y Deporte
Calle Vargas 53, 39010, Santander
Tel. 12
Servicio Gestion Económica Hsll
Barrio Ganzo s/n, 39300, Torrelavega
Oficina Comarcal de Ramales de la Victoria
Paseo Barón Adzaneta s/n, 39800, Alfoz de Lloredo
Eei de la Población
Otros S/N S/N, 39293, Campoo de Yuso
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