Denuncias relativas a las Condiciones Higiénico-Sanitarias relacionadas con la Sanidad Ambiental de Productos, Establecimientos e Instalaciones

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Plazo indefinido

  • Referencia


    39880
  • ¿Qué es?



    Formulario para presentar denuncias y reclamaciones en distintos campos relacionados con la Sanidad Ambiental.
  • ¿Qué necesitas presentar?



    1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
    2. Documentación requerida que figura en la solicitud.

    Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
  • Tramitación



    - Sobre las condiciones higiénico-sanitarias de establecimientos e instalaciones relacionadas con la Sanidad Ambiental (agua de consumo humano, piscinas y zonas de baño, instalaciones de riesgo frente a la Legionella, aguas regeneradas, granjas-escuela y campamentos)
    - Sobre agresiones y problemas sanitarios con animales, así como problemas relacionados con la presencia de vectores y plagas (insectos, roedores, etc.)
    - Sobre comercialización, etiquetado, envasado de productos químicos (biocidas, disolventes, colas, barnices, tintas de imprimir, lejías, detergentes, productos de limpieza, productos de piscinas, etc.).
    - Sobre aspectos relacionados con posibles riesgos para la salud por exposición a campos electromagnéticos procedentes de fuentes ambientales: antenas de telefonía móvil y líneas eléctricas y centros de transformación.

  • Presentación de solicitudes


    En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

    a) Por Internet (Ver cómo tramitar)

    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
    En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

    b) Presencial

    Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
  • Información complementaria


    Si desea ampliar esta información puede hacerlo:

    - Dirigiéndose al Servicio de Sanidad Ambiental, en la C/ Ronda de Segovia, 52, 1ª planta. Horario de atención al público: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.

    - A través del teléfono: 91 370 20 69

    - O a través del correo electrónico:dgorden.sanidadambiental@salud.madrid.org.

  • Normativa aplicable



    Aguas de consumo:

    * Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano (BOE nº 45, de 21 de febrero).

    Aguas mineromedicinales:
    * Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE nº 176, de 24 de julio).

    Aguas de recreo:
    * Decreto 80/1998 de 14 de mayo, que regula las condiciones higiénico sanitarias de las piscinas de uso colectivo (BOCM nº 124, de 27 de mayo)
    * Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas
    * Decreto 128/1989, de 20 de diciembre, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las aguas de baño(BOCM 4 de enero de 1990 ). (Corrección de errores BOCM de 16 de febrero de 1990)
    * Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño (BOE nº 257, de 26 de octubre).

    Aguas regeneradas:
    * Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas (BOE nº 294, de 8 de diciembre).

    Productos químicos y biocidas:
    * Reglamento (CE) nº 1907/2006 de 18 de diciembre de 2006 relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH).
    * Reglamento (CE) Nº 1272/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 16 de diciembre de 2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) no 1907/2006
    * Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas (BOE nº 133, de 5 de mayo).
    * Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas (BOE nº 247, de 15 de octubre).
    * Orden 700/2010, de 29 de diciembre, por la que se crea el Registro de Establecimientos y Servicios Biocidas y se regula el procedimiento de inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 24 de enero de 2011)
    * Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas. (BOE nº 170, de 14 de julio)

    Instalación de riesgo frente a Legionella:
    * Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis (BOE nº 171, de 18 de julio).

    Campos electromagnéticos:
    * Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas (BOE nº 234, de 29 de septiembre).
    * Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE nº 139, de 9 de junio)
    * Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias. (BOE nº 68, de 19 de marzo).

    Zoonosis:

    * Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal. (BOE nº 99, de 25 de abril)
    * Real Decreto 1940/2004, de 27 de septiembre, sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonóticos. (BOE nº 237, de 1 de octubre)
    * Orden 14 de junio de 1976. Perros y gatos. Normas sobre medidas higiénico-sanitarias. B.O.E. 14-7-76. (BOE nº 168, de 14 de julio)
    * Orden 16 de diciembre de 1976. Perros y gatos. Modifica la Orden 14 de junio, sobre medidas higiénico-sanitarias. (BOE. nº 29, de 3 de febrero de 1977).
    * Decreto 44/1991, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Protección de los Animales Domésticos (BOCM de 20 de junio de 1991)
    * Decreto 162/2002, de 3 de octubre, por el que se regulan las condiciones sanitarias de las granjas-escuela en la Comunidad de Madrid. (BOCM de 11 de octubre de 2002)
    * Real Decreto 1082/2009, de 3 de julio, por el que se establecen los requisitos de sanidad animal para el movimiento de animales de explotaciones cinegéticas, de acuicultura continental y de núcleos zoológicos, así como de animales de fauna silvestre. (BOE nº 177, de 23 de junio)
    * Resolución de 5 de julio de 2011, por la que se ordena la publicación de impreso normalizado del procedimiento de “Denuncias relativas a las condiciones higiénico-sanitarias relacionadas con la Sanidad Ambiental de productos, establecimientos e instalaciones (BOCM nº 176, de 27 de julio)
    * Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 10 de agosto de 2016)

    Órgano responsable

  • Consejería de Sanidad

    D. G. de Salud Pública

Gestión


Oficinas de la administración

Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio

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Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste

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