Control de transacciones con productos fitosanitarios
Plazo
Abierto todo el año.
El registro de transacciones con producto fitosanitarios deberá presentarse cuando sea solicitado por los servicios de control oficial.
Presentación
Dirigido a
- Productores, suministradores, distribuidores, importadores y exportadores de productos fitosanitarios de uso profesional.
- Las entidades cuyas actividades comprendan la prestación de servicios de tratamientos fitosanitarios.
- Los usuarios profesionales que realicen tratamientos fitosanitarios para terceros como prestación de servicios.
Documentación y tramitación
Documentación
- Registro de transacciones con productos fitosanitarios. El destinatario debe cumplimentar dicho registro y mantenerlo actualizado, bien sea en soporte informático o en papel.
- Conservar durante cinco años los siguientes documentos:
- Facturas de compra y de venta de los productos fitosanitarios.
- Contratos de tratamientos fitosanitarios.
¿Cómo tramitar?
En las oficinas
Entregar preferentemente en:
- Registro del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
C/ González Tablas nº 9, planta baja
31005 Pamplona - Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local
Otros lugares de presentación.
Pasos siguientes
- Disponibilidad del Registro de transacciones con productos fitosanitarios, y de los documentos señalados, durante un periodo mínimo de 5 años contados a partir de la finalización de cada campaña agrícola, y a disposición de la autoridad competente.
- Controles pertinentes para comprobar el correcto cumplimiento de las disposiciones en materia de utilización y comercialización de productos fitosanitarios.
- En caso de incumplimiento, será de aplicación la Ley Foral 4/2007, de 23 de marzo, de Sanidad Vegetal, sin perfuicio de las reducciones de las ayudas a percibir que se deriven por incumplimiento de lo exigido en las condiciones de las ayudas.
Normativa
- Directiva 2009/128/ CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 21 de octubre (DOUE nº 309, 24/11/2009)
- Reglamento (CE) 1107/2009 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 21 de octubre (DOUE nº 309, 24/11/2009)
- Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre (BOE nº 223, 15/09/2012)
- Ley foral 4/2007, de 23 de marzo, (BON nº 42 de 04/04/2007) de Sanidad Vegetal
- Orden Foral 190/2013, de 7 de junio, (BON nº 124 de 01/07/2013)
Contacto
Servicio de Agricultura
Sección de Producción y Sanidad Vegetal
Negociado de Sanidad Vegetal
C/ González Tablas nº 9, 1ª planta
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 424 852 / 848 426 662
Fax: 848 425 784
Correo electrónico: jjimenge@cfnavarra.es
Trámites relacionados
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