Comunicación previa relativa a la prestación de servicios de comunicación audiovisual

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Efectuar la comunicación fehaciente y previa a la prestación de servicios de comunicación audiovisual cuando tales servicios no se presten mediante ondas hertzianas terrestres y siempre que su ámbito territorial de cobertura no sobrepase el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas que vayan a prestar alguno de los servicios indicados.

Lugar y Forma de presentación

Presencial:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

La comunicación fehaciente y previa al inicio de la actividad será suficiente para la prestación del servicio, que podrá iniciarse desde el día de la presentación de dicha comunicación en cualquiera de los lugares de registro, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que correspondan a la Dirección General de Telecomunicaciones.

¿Qué documentos necesito?

- Impreso de solicitud, en modelo normalizado, dirigido a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, que incluye:
  • Datos de identificación de la empresa y de su representante legal y domicilio.
  • Descripción del servicio a prestar y de sus contenidos.
  • Fecha prevista para el inicio de la prestación del servicio.
  • Otros datos de interés que el prestador considere oportuno comunicar.
  • Declaración responsable de que no se encuentra incurso en ninguno de los supuestos de los artículos 23.2 y 26.1 de la Ley 7/2010, de 21 de marzo.
  • Declaración responsable de que asume la responsabilidad sobre el contenido editorial.
  • Declaración responsable de no encontrarse incurso en alguno de los supuestos de la Ley 3/2016, de 30 de noviembre, del Estatuto de Altos Cargos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Declaración responsable de no tener deudas de naturaleza tributaria con la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Declaración responsable de que todos los datos que figuran en el impreso y en la documentación que se aporta son ciertos.
- Copia simple del DNI/NIE del solicitante persona física en caso de oponerse a que sea consultado o recabado directamente por la Administración de Castilla y León.
- Copia simple del NIF del solicitante en caso de que sea persona jurídica.
- Copia simple del DNI/NIE del representante persona física, en caso oponerse a que sea consultado o recabado directamente por la Administración de Castilla y León.
- Copia simple del NIF del representante, en caso de que sea persona jurídica.
- Copia simple del poder de representación que asiste al representante.
- Certificaciones expedidas por el órgano de administración sobre:
  • Las posibles vinculaciones con otras empresas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual
  • la actual estructura accionarial.
  • las participaciones significativas de la entidad, con indicación de los porcentajes correspondientes, incluyendo número de DNI/NIE/NIF de las personas físicas o titulares de dichas participaciones.
- Parrilla de programación prevista o catálogo de programas.
- Copia simple de la escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil o Registro que corresponda, o en su defecto, resguardo acreditativo para su inscripción.
- Certificaciones acreditativas de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en caso oponerse a que sea consultado o recabado directamente por la Administración de Castilla y León.
- En el caso de servicios de comunicación audiovisual televisivos de ámbito autonómico, compromiso formal del cumplimiento de las obligaciones relativas a la accesibilidad de las personas con discapacidad.

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¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución

  • No aplicable. Se trata de una comunicación previa.

Notificación

  • No procede. Se trata de una comunicación previa. Los datos aportados y sus modificaciones serán anotados en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Comunidad de Castilla y León.

Legislación aplicable

  • Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual (BOE 01-04-2010)
  • Decreto 59/2015, de 17 de septiembre, por el que se regulan los servicios de comunicación audiovisual en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 21-09-2015)
  • Orden FYM/148/2016, de 23 de febrero, por la que se regulan los procedimientos en materia de servicios de comunicación audiovisual (BOCyL 09-03-2016)

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Medios Audiovisuales y Régimen Jurídico

Información adicional

  • Cualquier modificación de los datos aportados inicialmente en la comunicación previa, así como la interrupción o el cese definitivo del servicio se comunicarán igualmente en el impreso de comunicación en el plazo de diez días desde que se produzcan.
  • La prestación del servicio sin efectuar comunicación previa dará lugar a una resolución de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente prohibiendo la continuidad del servicio. Dicha resolución podrá asimismo prohibir la prestación de nuevos servicios durante un período de dos meses a dos años.

Más información: Correo electrónico: comunicacion.audiovisual@jcyl.es

C/ Rigoberto Cortejoso, 14 - C.P.: 47014 - Valladolid (Valladolid)
Teléfonos: Servicio de Medios Audiovisuales y Régimen Jurídico.

  • 983 419 000 Ext. 801758
  • 983 419 000 Ext. 801759
  • 983 419 000 Ext. 801467

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