Cambio de vivienda para familias procedentes de realojo
Plazo indefinido
Referencia
75452
¿Qué es? >
- Cambio de vivienda para familias procedentes de realojo en las que concurran los requisitos que se detallan a continuación.
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¿Quién puede? >
- 1. Problemas de Salud: Se contemplaría a estudio la existencia de problemas graves de salud en alguno de los miembros de la unidad familiar; de carácter físico, psíquico o sensorial que dificulte el acceso al inmueble, así como su estancia en el mismo.
2. Violencia de Género: En las solicitudes por violencia de género, el o la solicitante deberá demostrar documentalmente la situación de ser víctima de violencia de género.
3. Aumento de la Unidad de Convivencia por Tutela de algún menor: Se considera motivo de cambio de vivienda el aumento de la unidad familiar, cuando éste se produzca por razones de constitución de tutela a favor de menores de edad, por uno de los miembros de la unidad familiar.
4. Condiciones de Habitabilidad: en los supuestos problemas motivados por el deterioro de las condiciones de habitabilidad de la vivienda por razones estructurales, no imputables a la familia por el uso y conservación de la misma, que requieran para su reparación que ésta cese temporalmente en la utilización de la misma. Será necesario que exista un Dictamen Técnico de la Subdirección General de Proyectos y Obras, donde manifieste la necesidad de proceder al cambio de vivienda para acondicionar la misma para su posterior ocupación.
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¿Qué necesitas presentar? >
- 1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ?Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten
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¿Cómo lo solicito? >
- a) Por Internet:
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
En el apartado ?Gestión? de esta página, se encuentra la opción de ?Gestión Telemática? que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de aportación telemática de documentos, y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de la ?consulta de expedientes, dentro de la página de Administración Electrónica.b) Presencial:
- En la sede de la Agencia de Vivienda Social C/ Basílica, 23 (28020 Madrid)
- En la sede del Área Social de la Agencia de Vivienda Social Av. de Asturias, 39 (28029 Madrid)
-También podrán 1ff8presentarse en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
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Tramitación >
- Una vez presentada la solicitud se dará traslado de la misma a la Dirección del Área Social, se realizarán las comprobaciones oportunas de la documentación presentada; tras ello se realizará el estudio de viabilidad del cambio de vivienda.
Se remitirá al solicitante por correo ordinario una resolución comunicando si la solicitud ha sido estimada o desestimada.
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Normativa Aplicable >
- * Resolución 732/SG/2016, de 8 de agosto, de la Directora-Gerente de la Agencia de Vivienda Social, por la que se publica el modelo de solicitud del procedimiento denominado ?Cambio de vivienda familias procedente de realojo" (BOCM nº 206, de 29 de agosto).
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Órgano Responsable >
Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras
Organismo autónomo Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
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Información Complementaria >
- Para más información dispone de los siguientes canales:
· Correo electrónico: social.agenciavivienda@madrid.org
· Red de Oficinas de Vivienda de la Comunidad de Madrid
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Gestión
Solicitud
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio
Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid
Tel. 914382275
D.G. de Industria, Energía y Minas
Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid
Tel. 915802100
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid
Tel. 917208002
Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia
Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid
Tel. 913925526
D.G. de Trabajo
Calle Princesa 5, 28008, Madrid
D.G. de Administración Local (CABRERA)
Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La
Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste
Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba
D.G. de Vivienda y Rehabilitación
Calle Braganza S/N, 28025, Madrid
Tel. 915804474
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Calle Orense 60, 28020, Madrid
Tel. 915802898
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Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid
D.G. de Función Pública
Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid
D.G. de Emergencias
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