Ayudas a la agricultura y a la ganadería ecológica y mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción (2014-2018)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Históricas cerradas

Inicio: 12 agosto 2014 | Fin: 12 septiembre 2014
  • Referencia


    67740

    ¿Qué es? >


  • Procedimiento para la tramitación de las ayudas destinadas a la agricultura y ganadería ecológicas y para mantener las razas autóctonas en peligro de extinción del Programa Agroambiental 2014-2018, así como solicitud del pago de la 1ª anualidad de dicho Programa.

    ¿Quién puede? >


  • Se podrán consultar los

    requisitos

    en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.

    ¿Qué necesitas presentar? >


  • 1.

    Solicitud

    , ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha.
    2. Impreso de solicitud única (SUA), ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha (Impresos – Anexos)
    3. Resto de documentación a presentar, ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.

    Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

    ¿Cómo lo solicito? >


  • En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

    Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2

    , Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    a) Presentación por Internet (ver Guía de Tramitación).

    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

    Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.

    Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

    b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

    Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    Tramitación >

  • Calendario de actuaciones

    10/03/2017 Subvenciones concedidas durante el cuarto trimestre del año 2016
    Resolución de 23 de febrero de 2017 (BOCM nº 59, de 10 de marzo)
    31/08/2016 Subvenciones concedidas. 3er y 4º Trimestre de 2014.
    Resolución de 12 de agosto de 2016 (BOCM nº 208, 31 de agosto)

    Normativa Aplicable >


  • * Orden 1235/2014, de 26 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se procede a la convocatoria del Programa Agroambiental para el período 2014-2018, a la convocatoria de la solicitud de pago de la primera anualidad del Programa Medioambiental para el período 2014-2018 y se procede a la regulación de las solicitudes de pago de las anualidades de dicho Programa Agroambiental destinado a la agricultura y a la ganadería ecológica y al mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEDER) (BOCM nº 190, de 12 de agosto).
    * Orden 2546/2011, de 5 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la agricultura y la ganadería ecológicas y las ayudas para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (BOCM nº 208, de 2 de septiembre).

    Órgano Responsable >

  • Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad

    D. G. de Agricultura, Ganadería y Alimentación

    Información Complementaria >


  • Se podrán consultar los

    Criterios de selección

    en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.

    Plazos y efectos del silencio administrativo >

  • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

    +

    -

    Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..

    Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.

    RECURSO DE ALZADA:

    +

    -

    Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

    RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

    +

    -

    Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

    POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

    +

    -

    Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

    RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

    +

    -

    Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Gestión

Listados (2)

Información relacionada


Oficinas de la administración

Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio

Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid

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Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid

Tel. 915802100

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid

Tel. 917208002

Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid

Tel. 913925526

D.G. de Trabajo

Calle Princesa 5, 28008, Madrid

D.G. de Administración Local (CABRERA)

Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La

Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste

Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba

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Calle Braganza S/N, 28025, Madrid

Tel. 915804474

D.G. de Transportes

Calle Orense 60, 28020, Madrid

Tel. 915802898

D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano

Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid

D.G. de Función Pública

Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid

D.G. de Emergencias

Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las

Tel. 914207642

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