Ayuda a cooperativas y sociedades laborales para asistencia técnica en materia de estudios de viabilidad y asesoramiento
Plazo
Del 01-08-2017 al 31-12-2017
Abierto el plazo para justificar los proyectos subvencionados. El plazo para presentar la solicitud de subvención sigue cerrado.
Presentación
Dirigido a
- Cooperativas de trabajo asociado, sociedades laborales y cooperativas que se puedan crear a partir de proyectos piloto subvencionados conforme a las bases establecidas en la Resolución 416/2014 (ver "Normativa").
- Entidades asociativas de cooperativas y sociedades laborales cuando la asistencia técnica se va a prestar a un conjunto determinado de sociedades.
Más información
- Asistencia técnica en materia de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga; asesoramiento en las distintas áreas de la gestión empresarial y asesoramiento para la cooperación empresarial.
- La subvención será del 60% del coste en el caso de empresas de hasta 10 trabajadores fijos o del 50% en empresas de más de 10 trabajadores fijos hasta un máximo de 15.000 euros anuales por empresa solicitante.
- En el supuesto de que la subvención sea concedida a una entidad asociativa de cooperativas y sociedades laborales será del 75% del coste con un límite de 30.000 euros por proyecto y sin que el importe por cooperativa o sociedad laboral supere los 5.000 euros.
- Las actuaciones a realizar deberán iniciarse con fecha posterior a la presentación de la solicitud y antes del 15 de diciembre de cada año.
- Estas ayudas están sometidas a minimis (ver reglamento en el apartado "Normativa").
Resultados 2014
¿Cómo tramitar?
Por internet
Justificación de la subvención
Puede tramitar de dos formas:
- Con certificado digital o DNI electrónico.
- Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Ayuda para tramitación telemática
En las oficinas
Registro del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare
Parque Tomás Caballero, Nº 1
Edificio "Fuerte del Príncipe" II
31005 Pamplona (Navarra)
Otros lugares de presentación.
Normativa
- Reslución 416/2014, de 19 de febrero (BON nº 39, de 26/02/2014)
- Normativa de Minimis
Contacto
Arantza Solana Alducin
Teléfono: 848 42 44 59
Correo electrónico: economiasocial@navarra.es
Fax: 848 42 44 70
Organismo responsable - convocante
Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare
Servicio de Orientación, Fomento del Empleo y Servicios a Empresas
Sección de Programas de Fomento del Empleo
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Tribunal Economico-Administrativo Foral de Navarra
Calle Iturrama 10, 31007, Pamplona/Iruña
Centro de Atencion Temprana
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