Arbitraje de consumo entre consumidores y empresas

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Plazo indefinido

  • Referencia


    395
  • ¿Qué es?



    Via de resolución de conflictos entre consumidores y empresarios a través de mecanismos extrajudiciales simples, rápidos, eficaces y sin costes.
  • ¿Quién puede?


    Ser consumidor final del producto o servicio prestado.

  • ¿Qué necesitas presentar?



    1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.

    2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que el interesado expresamente lo desautorice, así como los que deberán aportarse.

    Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesado se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”
  • Tramitación


    Se podrá consultar la tramitación del procedimiento en el apartado Información relacionada en la columna derecha de esta ficha.

  • Presentación de solicitudes


    En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

    a) Por Internet (Ver cómo tramitar)

    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
    En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

    b) Presencial

    Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
  • Información complementaria


    Para que un conflicto de consumo pueda resolverse mediante el arbitraje, la empresa reclamada debe estar adherida al sistema arbitral. No obstante, también cabe la posibilidad de que, sin estar en el listado de empresas adheridas, la compañía reclamada acepte someterse a arbitraje para un caso concreto.
    Existe la posibilidad de que el establecimiento ostente el distintivo del Sistema Arbitral, lo que significa que está dispuesto a someterse a este mecanismo de resolución de problemas automáticamente.
    La adhesión de una empresa al sistema arbitral se realiza a través de la oferta pública de adhesión, que puede ser total o con limitaciones. Si desea conocer qué empresas están adheridas al Instituto Regional de Arbitraje de Consumo de la Comunidad de Madrid pinche aquí. Otras compañías pueden estar adheridas a diferentes juntas arbitrales (municipal, estatal...). Consulte con su Ayuntamiento.

    Para más información pinche en el siguiente enlace: Más información.

  • Normativa aplicable


    * Ley 60/2003, de 23 de diciembre de Arbitraje (BOE nº 309 de 26 diciembre).
    * Real Decreto 231/2008 de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo (BOE nº 48 de 25 de febrero).
    * Resolución de 11 de octubre de 2011, de la Gerente, del impreso correspondiente al procedimiento “Solicitud de arbitraje (ARBC)” (BOCM nº 264, de 7 de noviembre).

    Órgano responsable

  • Consejería de Economía, Empleo y Competitividad

    Órgano de Gestión sin personalidad jurídica Instituto Regional de Arbitraje de Consumo

    Plazos y efectos del silencio administrativo

  • Este apartado no es de aplicación para esta materia.

Gestión

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