Adhesión al sistema comunitario de ecogestión y auditoría (EMAS)
Referencia
2648¿Qué es?
Adhesión con carácter voluntario al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambiental EMAS.
- ¿Quién puede?
Las organizaciones que deseen incluir en el registro EMAS uno o varios de sus centros localizados en la Comunidad de Madrid, deben realizar y adoptar una política basada en los principios de cumplimiento de la legislación medioambiental y la mejora continua de su gestión medioambiental.
Dichas organizaciones deberán seguir los siguientes pasos:
a) Análisis preliminar de las actividades del centro para conocer sus impactos y efectos sobre el medioambiente. La evaluación sobre el consumo de energía, agua, materias primas, reducción de residuos, emisiones y vertidos.
b) Establecer un programa medioambiental que contemple: responsabilidades, actividades, objetivos específicos, medios materiales y humanos y plazos para su aplicación.
c) Establecer el sistema de gestión medioambiental: estructura organizativa, responsabilidades, práctica, procedimientos y unos sistemas de control.
d) Realizar auditorías por auditores internos o externos cada año.
e) Elaborar una Declaración Ambiental y hacerla validar por un verificador acreditado. ¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.Tramitación
Se podrá consultar en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
Presentación de solicitudes
En el apartado Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
a) Por Internet (Ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.Normativa aplicable
* Decreto 25/2003, de 27 de febrero, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad de Madrid del Reglamento (EMAS), del Parlamento Europeo y del Consejo (BOCM nº 64, de 17 de marzo )
* Correcciones de errores del Decreto 25/2003 ( BOCM nº 85, de 10 de abril ) y ( BOCM nº 94, de 22 de abril ).
* Resolución de 11 de diciembre de 2009, del Director General de Evaluación Ambiental, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 308, de 29 de diciembre).
* Resolución de 2 de febrero de 2011, del Director General de Evaluación Ambiental, por la que se modifica la Resolución de 11 de diciembre de 2009, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 53, de 4 de marzo).
* Reglamento (CE) nº 1221/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).
- Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del TerritorioD. G. de Medio Ambiente y Sostenibilidad
Información relacionada
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Tel. 915802100
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Tel. 917208002
Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia
Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid
Tel. 913925526
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Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La
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