Aportación de documentación de las Cámaras oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Cataluña y del Consejo General de las Cámaras

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Cataluña y del Consejo General de Cámaras de Cataluña se encuentran bajo la tutela del Departamento de Empresa y Conocimiento; esta tutela comporta, entre otros, las funciones de control de la legalidad de las actuaciones de las cámaras y el Consejo, la aprobación de sus presupuestos y liquidaciones así como sus reglamentos de régimen interior, la potestad normativa, el control del proceso electoral para la renovación de sus órganos de gobierno y la resolución de los recursos correspondientes.

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A quién va dirigido

En las Cámaras oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Cataluña y al Consejo General de las Cámaras.

Organismo responsable

Normativa

Presentar o modificar el reglamento de régimen interior

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento

Documentación

Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Cataluña y del Consejo General de Cámaras de Cataluña tendrán que aportar la documentación siguiente:

  • Formulario de solicitud de aprobación o modificación del reglamento de régimen interior (disponible en EACAT, apartado 'Instrucciones')
  • Certificado del acuerdo del Pleno de aprobación o modificación del reglamento de régimen interior (disponible EACAT, apartado 'Instrucciones')

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras Informaciones

Las cámaras se rigen por lo que dispone la legislación vigente en materia de cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, y por lo que establecen los respectivos reglamentos de régimen interior, cuya aprobación tiene que ser propuesta por el pleno del órgano tutelar, que puede promover la modificación.

En el reglamento de régimen interior tiene que constar la estructura del pleno, el número y la forma de elección de los miembros del comité ejecutivo, la regulación del uso de la lengua catalana y, en general, las normas de funcionamiento interno de las cámaras.

Por internet

La solicitud se hará por medios telemáticos, a través de la Extranet de las administraciones catalanas, plataforma EACAT http://www.eacat.cat. El modelo de solicitud, así como el de certificado del acuerdo del Pleno, estarán disponibles en la plataforma EACAT. La imposibilidad técnica o de otra índole de envío telemático de la documentación mencionada no exime, en ningún caso, de la obligación de comunicar los datos.

Las solicitudes efectuadas por medios telemáticos se consideran presentadas ante la Administración de la Generalitat de Catalunya cuando se registren a través de la plataforma EACAT.

Presentar las cuentas anuales

Plazos

Las cuentas anuales se tienen que presentar en el órgano tutelar para su aprobación antes del 30 de abril del año siguiente. La aprobación por parte del órgano tutelar se entiende concedida si en el plazo de dos meses desde la fecha de recepción, no ha hecho ninguna objeción a las cuentas.

Documentación

Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Cataluña y del Consejo General de Cámaras de Cataluña tendrán que aportar la documentación siguiente:

  • Formulario de solicitud de aprobación de las cuentas anuales (disponible en EACAT, apartado 'Instrucciones')
  • Certificado del acuerdo del Pleno de aprobación de las cuentas anuales (disponible en EACAT, apartado 'Instrucciones')

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Otras Informaciones

El informe de auditoría externa se tendrá que ajustar a lo que establece el capítulo I de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de auditoría de cuentas. Y también tendrá que incluir necesariamente: la opinión respecto del cumplimiento de los requisitos de autofinanciación y de distribución de la recaudación por el impuesto de sociedades, y la opinión sobre el grado de cumplimiento tanto de las recomendaciones incluidas en anteriores auditorías, como de las indicaciones del órgano tutelar incluidas en resoluciones relativas a anteriores presentaciones de cuentas.

Por internet

La solicitud se hará por medios telemáticos, a través de la Extranet de las administraciones catalanas, plataforma EACAT http://www.eacat.cat. El modelo de solicitud, así como el de certificado del acuerdo del Pleno, estarán disponibles en la plataforma EACAT. La imposibilidad técnica o de otra índole de envío telemático de la documentación mencionada no exime, en ningún caso, de la obligación de comunicar los datos.

Las solicitudes efectuadas por medios telemáticos se consideran presentadas ante la Administración de la Generalitat de Catalunya cuando se registren a través de la plataforma EACAT.

Presentar o modificar el presupuesto ordinario

Plazos

El presupuesto ordinario anual se tiene que presentar en el órgano tutelar para su aprobación antes del 30 de noviembre del año anterior, a menos que por instrucción del secretario general se establezca otro plazo. La aprobación por parte del órgano tutelar se entiende concedida si en el plazo de dos meses desde la fecha de recepción, no ha hecho ninguna objeción al presupuesto.

Documentación

Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Cataluña y del Consejo General de Cámaras de Cataluña tendrán que aportar la documentación siguiente:

  • Formulario de solicitud de aprobación o modificación del presupuesto ordinario (disponible en EACAT, apartado 'Instrucciones')
  • Certificado del acuerdo del Pleno de aprobación o modificación del presupuesto ordinario (disponible en EACAT, apartado 'Instrucciones')

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Otras Informaciones

Las cámaras y el Consejo General de las Cámaras tienen que elaborar, anualmente, presupuestos ordinarios de ingresos y gastos y, si ocurre, extraordinarios.

El presupuesto ordinario debe entenderse como el documento que recoge de una manera valorada, conjunta y sistemática la previsión de los gastos presupuestarios de la corporación y los ingresos presupuestarios con que espera contar para hacer frente a los mencionados gastos, con el objetivo de planificar las actividades, informar sobre la suficiencia de los ingresos del ejercicio en relación con los gastos y posibilitar el control, mediante la ejecución presupuestaria, de la consecución de los objetivos de la corporación.

Por internet

La solicitud se hará por medios telemáticos, a través de la Extranet de las administraciones catalanas, plataforma EACAT http://www.eacat.cat. El modelo de solicitud, así como el de certificado del acuerdo del Pleno, estarán disponibles en la plataforma EACAT. La imposibilidad técnica o de otra índole de envío telemático de la documentación mencionada no exime, en ningún caso, de la obligación de comunicar los datos.
Las solicitudes efectuadas por medios telemáticos se consideran presentadas ante la Administración de la Generalitat de Catalunya cuando se registren a través de la plataforma EACAT.


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Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

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Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

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