Valoración de la idoneidad para las personas que se ofrecen para adoptar menores en Castilla y León y en adopción Internacional

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Objeto

Regular la idoneidad preceptiva de las personas que se ofrecen para adoptar para tramitar adopciones tanto nacionales como internacionales.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona mayor de 25 años.

Lugar y Forma de presentación

Presencial:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

- Residencia efectiva y habitual en el territorio de la Comunidad de Castilla y León durante más de 6 meses al año.
- Aceptar someterse a los procesos de estudio y valoración para determinar su idoneidad para la adopción.
- Asistencia obligatoria al Servicio de Información y de Formación de adopciones.

¿Qué documentos necesito?

El ofrecimiento se presentará en modelo normalizado disponible en esta sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o se podrá recoger en el Servicio Regional de Información sobre Adopciones, previa cita en el teléfono 902 361 857 o 983 217 032, o en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de la provincia de residencia.

Junto al ofrecimiento, se presentará copia del DNI/NIE de cada persona que se ofrezca para adoptar o autorización para acceder a los datos identificativos.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El ofrecimiento puede presentarse desde el momento en que se reúnen todos los requisitos de capacidad legal para ser adoptantes.

Plazo de resolución

  • 6 MESES desde la fecha de resolución de inicio del procedimiento de valoración.

Notificación

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en el ofrecimiento. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Legislación aplicable

A. Normativa de ámbito internacional
  • Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional (hecho en La Haya el 29 de mayo de 1993)
  • Convenio europeo en materia de adopción de menores hecho en Estrasburgo el 27 de noviembre de 2008 (publicado en BOE de 13 de julio de 2011 el instrumento de ratificación por España, donde tuvo entrada en vigor el 1 de septiembre de 2011)

B. Normativa de ámbito estatal

  • Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.
  • Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de adopción internacional.
  • Código Civil.

C. Normativa de ámbito autonómico

  • LEY 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León (BOCyL 29-07-2002)
  • DECRETO 37/2005, de 12 de mayo, por el que se regulan los procedimientos administrativos y otras actuaciones complementarias en relación con la adopción (BOCyL 19-05-2005 y corrección errores BOCyL 13-07-2005).
  • Orden FAM/585/2015, de 1 de julio, por la que se regulan los contenidos, duración, organización y desarrollo de la formación previa de las personas que se ofrecen para adoptar en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOCyL 17-07-2015)

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Gerencias Territoriales de Servicios Sociales

Órgano que resuelve:

Directora General de Familias, Infancia y Atención a la Diversidad

Información adicional

  • TELÉFONO de INFORMACIÓN de ADOPCIONES: 902 361 857 ó 983 217 032 - info@arfacyl.org
  • Una vez presentado el ofrecimiento, todas las personas que se ofrecen para adoptar habrán de completar un proceso de Formación obligatoria.
  • Una vez notificado el inicio del proceso de valoración se requerirá a las personas que se ofrecen para adoptar la documentación adicional que se especifica en el documento descargable “Aportación documentación complementaria” y que es la siguiente:
    • 6 fotografías de 10x15 cm. con todos los miembros de la unidad familiar en las distintas estancias de la vivienda.
    • Certificado municipal histórico de empadronamiento u otro documento acreditativo de la residencia efectiva y habitual en Castilla y León durante más de 6 meses al año.
    • Certificado de Antecedentes Penales.
    • En casos de parejas; Copia completa del libro de familia o en su caso certificado del registro de uniones de hecho que demuestre la relación de convivencia estable de al menos dos años.
    • Certificado/s médico/s normalizado/s del/ de las personas que se ofrecen para adoptar y de las personas que conviven en el domicilio familiar.
    • Certificado de actividad laboral e ingresos de las personas que se ofrecen para adoptar u otra documentación que acredite fehacientemente los ingresos de la unidad familiar en el año del inicio del procedimiento de valoración.
    • Copia de la declaración del IRPF de las personas que se ofrecen para adoptar obligado/s del último ejercicio económico o, en su defecto, certificado de haberes brutos del mismo período.
    • Copia de la escritura de propiedad de la vivienda o del contrato de arrendamiento.
    • Otros documentos a aportar que se consideren pertinentes para la resolución del procedimiento.

Protección de los datos de carácter personal

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (471 kbytes)

Tramitación electrónica

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