Subvenciones Red CIDE 2014
Objeto
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- Conceder subvenciones para participar en la Red Canaria de Centros de Innovación y Desarrollo Empresarial (RED CIDE)
- A quién está dirigido:
- Empresas, Asociaciones y Administración
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Beneficiarios:
- Podrán formar parte de la Red CIDE aquellas personas físicas o jurídicas que sean organismos intermedios, fundaciones, administraciones autonómicas y locales y entidades y empresas vinculadas a las mismas, que se encuentren radicadas en la C.A.C.
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- 1. Podrán formar parte de la Red CIDE aquellas personas físicas o jurídicas que sean organismos intermedios, fundaciones, administraciones autonómicas y locales y entidades y empresas vinculadas a las mismas, que se encuentren radicadas en la Comunidad Autónoma Canaria.
- 2. Son organismos intermedios en estas bases las organizaciones que cumplan los siguientes requisitos:
- - Carecer de ánimo de lucro.
- - Prestar de forma habitual servicios de apoyo a la innovación y a la modernización de las PYMES, y disponer de recursos materiales y humanos para promover la actividad innovadora en las empresas.
- 3. Los beneficiarios deberán contar con instalaciones propias que permitan el trabajo diario del técnico que realice las actividades de la Red CIDE en la isla en la que se convoque cada plaza vacante. Para los casos de La Gomera y El Hierro, en el caso de que la plaza no sea ocupada por una entidad que tenga instalaciones propias en la isla, se podrá seleccionar a una entidad que sin tener instalaciones en la isla, tenga dentro de su ámbito de actuación la prestación de servicios en ella.
- 4. No podrán obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con el art. 13 de la Ley General de Subvenciones, las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes,:
- - Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
- - Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal 22/2003, de 9 de julio, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- - Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
- - Estar incursos los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de conflictos de intereses de miembros de Gobierno y Altos Cargos de Administración, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma, o de la Ley 3/1997, de 8 de mayo, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- - No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes
- - Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- - No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- - Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.
- - Asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación.
- - Asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.
- Tasas:
- No se exigen
- Cuantía
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- Se fija como coste máximo subvencionable de referencia 3.500 euros/mes, más 600 , por ejercicio que podrán imputarse como coste de auditoría.
- Criterios de valoración y baremación:
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- A.Selección de los CIDE expertos (tipo 1). Máx: 100 puntos.
- 1.Capacidad para acceder y contactar con los centros públicos de investigación y con grupos e institutos de investigación de la universidad de la provincia a la que se presenta (30 puntos):
- 2. Experiencia de la entidad (25 puntos):
- 3. Tamaño de la entidad (15 puntos):
- 4. Detalles y mejoras incluidas en la memoria técnica (30 puntos):
- B. Selección de los CIDE de proximidad (tipo 2 y tipo 3). Máx: 100 puntos
- 1. Capacidad para atender a las empresas del ámbito de actuación (30 puntos):
- 2. Experiencia de la entidad (25 puntos):
- 3. Tamaño de la entidad (15 puntos):
- 4. Detalles y mejoras incluidas en la memoria técnica (30 puntos):
- C. Selección de los CIDE de proximidad (tipo 4). Máx: 100 puntos.
- 1. Capacidad para atender a las empresas del ámbito de actuación (30 puntos):
- 2. Experiencia de la entidad (25 puntos):
- 3. Tamaño de la entidad (15 puntos):
- 4. Detalles y mejoras incluidas en la memoria técnica (30 puntos):
- D. Selección de los CIDE de proximidad (tipo 5) Máx: 100 puntos.
- 1. Capacidad para atender a las empresas del ámbito de actuación (30 puntos):
- 2. Experiencia de la entidad (25 puntos):
- 3. Tamaño de la entidad (15 puntos):
- 4. Detalles y mejoras incluidas en la memoria técnica (30 puntos):
- La ACIISI valorará y clasificará los expedientes subvencionables en orden decreciente según la puntuación obtenida para cada tipo de CIDE en el que se oferta plaza, de tal manera que los candidatos competirán por obtener la plaza del tipo de centro al que optan.
- Si como resultado de la aplicación de los criterios de valoración contenidos en la Base reguladora Décimosegunda resultase un empate entre dos o más solicitantes, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación en el criterio de mayor valor, aplicando el orden decreciente en cada baremo, y así sucesivamente hasta dirimir el empate.
- En caso de que éste persista por coincidir la puntuación en todos los criterios, el empate se resolverá incrementando, en la resolución de concesión, las plazas en el cupo asignado, estando limitado el importe a conceder por la dotación asignada a la presente convocatoria, de modo que si ésta resultase insuficiente para atender a los empatados se dividirá el crédito proporcionalmente entre ellos
- Forma de Abono:
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- El pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad, para el que se concedió, en los términos establecidos en estas bases reguladoras.
Medios de presentación
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- Electrónico:
- La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
- Plazo de presentación:
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Fecha Inicio: 31/5/2014 0:0
Fecha Fin: 17/6/2014 14:0
Por internet
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- CIF
- Documento acreditativo de la representación de quien/es actúa/n en su nombre
- D.N.I. o Tarjeta de Identidad de Extranjero del/de los representante/s.
- Escritura de constitución
- Estatutos de la entidad solicitante o documentación equivalente acreditativa de la personalidad
- Anexo III.2
- Anexo IV Currículum vitae del técnico propuesto
- Documentos y certificados que puedan acreditar la experiencia y competencias del técnico propuesto, así como la experiencia y objetivos de la entidad
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Gestión Económica-Financiera
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información
- Plazo de resolución:
- 6 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Artículo 152.2 de la Ley Territorial 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
- Recursos:
- Potestativo de Reposición
Normativa
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Normativa autonómica
Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.- Resolución de 13 de mayo de 2014, del Director, por la que se convocan subvenciones para la participación en la Red CIDE, cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013 para el año 2014.
Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.- Resolución de 15 de diciembre de 2014, del Director, por la que se modifica la Resolución de 13 de mayo de 2014, que convoca subvenciones para la participación en la Red CIDE, cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013 para el año 2014. (BOC núm. 249, de 24.12.2014)
Decreto 56/2009, de 18 de mayo, del Presidente, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.
Orden de 28 de septiembre de 2011, por la que se desarrolla e implementa la funcionalidad gestión de subvenciones y transferencias del Sistema de Información para la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias, SEFCAN, y se establecen los términos en que se incorpora a la base de datos de subvenciones, prevista en el artículo 46 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, la información requerida.
Resolución de 9 de abril de 2012, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se modifica el acuerdo de Gobierno de 7 de diciembre de 2011, relativo a las medidas y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa y la gestión de los recursos humanos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas.
Resolución de 29 de octubre de 2012, del Director, por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases reguladoras, que han de regir en la concesión de subvenciones para la participación en la Red CIDE
Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Normativa estatal
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas 2007- 2013.
ORDEN EHA/524/2008, de 26 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión.
Normativa europea
Reglamento (CE, EURATOM) nº 2988/95, del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas
Reglamento (CE) nº 1080/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1783/1999
Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999
Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, de relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis
Reglamento (CE) nº 1828/2006, de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) nº 1080/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
3707
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
221172
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Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Agencia Canaria de Protección del Medio Natural
Rambla De Santa Cruz 149, 38071, Santa Cruz de Tenerife
Parque Nacional de Timanfaya
Calle La Mareta 9, 35560, Tinajo
Instituto Canario de la Vivienda en Arrecife
Via Medular 99, 35500, Arrecife
Eei las Rosas
Calle LAS AGÜITAS 2, 38428, San Juan de la Rambla
Secretaría General del Servicio Canario de la Salud
Avenida Juan XXIII 17, 35071, Pájara
Dirección General de Seguridad y Emergencias
Calle León y Castillo 57, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife
Avenida José Manuel Guimerá 10, 35071, Santa Cruz de Tenerife
Oficina de Empleo de Primero de Mayo
Avenida Primero de Mayo 11, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las
Oficina de Empleo Descentralizada de Tegueste
Calle El Carmen 7, 38280, Tegueste
Oficina de Empleo de Arucas
Calle Médico Anastasio Escudero Ruíz 1, 35400, Arucas
Oficina de Empleo de Gran Tarajal
Calle Maxorata 18, 35627, Tuineje
Direccion de Area de Salud de la Gomera
Avenida José Aguiar s/n, 38071, San Sebastián de la Gomera
Tel. 922141558