Orden MED/44/2016
Descripción
Orden MED/44/2016, de 12 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes y la modernización de las explotaciones agrarias en Cantabria.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 182
Fecha BOC: 21/09/2016
Fecha inicio plazo presentación
02/12/2016
Fecha finalización plazo presentación
02/01/2017
Beneficiarios
INSTALACIÓN DE AGRICULTORES JÓVENES - Artículo 18.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener cumplido los dieciocho años y no haber cumplido cuarenta y un años en el momento de presentación de la solicitud.
b) No ejercer la actividad agraria, o haberla ejercido dentro de los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, considerando que no se ha ejercido si no se ha alcanzado un grado de viabilidad superior al 20 % de la renta de referencia (modalidad A) o al 20 % de la actividad agraria por referencia al valor UTA del anexo VIII.
A todos los efectos, como norma general, en caso de haberse ejercido actividad agraria, se tomará como fecha de primera instalación la más antigua de:
1º) La del alta como titular en el Catálogo Regional de Explotaciones Prioritarias.
2º) La fecha de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda en función de su actividad agraria.
3º) La del día siguiente a la consignada en el modelo 036 de declaración de alta en el censo de actividades económicas del Ministerio de Economía y Competitividad.
4º) La de su inscripción en Censos Oficiales de explotación o empresa agraria o Registros de derechos de producción o de ayuda.
5º) La que figure en el documento que acredite fehacientemente la formalización del acuerdo de cotitularidad de una explotación prioritaria.
6º) La que acredite fehacientemente la adquisición de la calidad de socio, en los casos de incorporación a una entidad asociativa titular de una explotación prioritaria.
c) Presentar un plan empresarial que demuestre que a consecuencia de la concesión de la ayuda obtendrá de su explotación, como consecuencia de la primera instalación, una renta unitaria de trabajo (RUT) procedente de las actividades agrarias igual o superior al 35% de la renta de referencia e inferior al 120% de esta y mayor al IPREM anual.
d) No poseer en el momento de la presentación de la solicitud, una renta total superior a tres veces el IPREM anual, solo en el caso de ser solicitante de la modalidad B.
MODERNIZACIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS MEDIANTE PLANES DE MEJORA - Artículo 22.
1.- Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las personas físicas o jurídicas que, en el momento de la presentación de la solicitud, sean titulares de una explotación agraria radicada en Cantabria y cumplan la condición de agricultor activo en los términos del Reglamento (UE) n.º 1307/2013, además de los siguientes requisitos:
a) Presentar un plan de mejora de la explotación con el contenido mínimo que se detalla en el Anexo III.
b) Estar de alta en el censo de actividades económicas del Ministerio de Economía y Competitividad (modelo 036 o 037)
c) Cumplir en su explotación las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales, conforme anexo XI Con la solicitud, se exigirá informe favorable de la Oficina Comarcal acreditativo de su cumplimiento.
2.- Los titulares de explotaciones que tengan la condición de personas físicas, deberán cumplir además los siguientes requisitos en el momento de la presentación de la solicitud:
a) Tener dieciocho años cumplidos y no haber cumplido sesenta y cinco.
b) Ser agricultor profesional, salvo que se trate de un joven beneficiario de una ayuda de primera instalación que se encuentre en plazo para adquirir dicha condición conforme al artículo 19.2.a) de esta Orden.
c) Estar de alta en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta propia agrarios del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, salvo en aquellos casos debidamente acreditados en los que la Seguridad Social no permita estar afiliados en dicho sistema especial.
d) Poseer capacitación profesional suficiente, salvo que se trate de un joven beneficiario de una ayuda de primera instalación que se encuentre en plazo para adquirir dicha condición conforme al artículo 19.1.a) de esta Orden.
3.- Los titulares de explotaciones que sean comunidades de bienes o personas jurídicas, deberán cumplir además los siguientes requisitos en el momento de presentación de la solicitud:
a) Que su objeto social sea exclusivamente el ejercicio de la actividad agraria.
b) Que al menos el 50% de sus socios cumplan los requisitos especificados en el punto 2.
c) Que más del 50% de su capital social pertenezca a socios que sean agricultores profesionales.
Documentación a adjuntar
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA SOLICITUD DE AYUDA A LA PRIMERA INSTALACIÓN DE AGRICULTORES JÓVENES:
- Certificado o Diploma acreditativo de la capacitación agraria
- Certificado de Alta en Hacienda por la actividad agraria
- Inscripción en R.E.A o R.E.G.A.
- Informe de Vida Laboral o certificado en el que conste que no figura dado de alta en la Seguridad Social
- Fotocopia de la Declaración de la PAC realizada en los doce meses anteriores a la solicitud.
- Ficha de terceros o certificado de la entidad financiera respecto a datos bancarios
- Declaración sobre DNI del cónyuge y/o familiares de primer o segundo grado en caso de compra de bienes o derechos.
- Licencia de obra o certificado del Secretario Municipal indicando que no es preceptiva la licencia de obra (solo para inversiones en inmuebles)
- Plan Empresarial (cuando no se opte porque el Plan sea realizado por los técnicos de la Consejería)
- Descripción simple de las inversiones con su nivel previsible de gasto (Artículo 5.3 c).
- Tres ofertas de diferentes proveedores, en el caso de inversión solicitada superior a 50.000 â?¬ en el supuesto de coste de ejecución de obra o de 18.000 â?¬ en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios de consultoría.
- Tres facturas proformas, con todas las características técnicas debidamente detalladas, para las inversiones no moduladas según Anexo V.
- Certificaciones expedidas por los órganos competentes, en caso de NO autorizar a la Dirección General de Desarrollo Rural para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Consejería de Hacienda del Gobierno de Cantabria y por la Tesorería General de la Seguridad Social.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA SOLICITUD DE AYUDA A LA MODERNIZACIÓN DE EXPLOTACIÓN AGRARIA MEDIANTE PLAN DE MEJORA:
1.- Documentación a presentar por titulares individuales:
- Ficha de terceros o certificado de la entidad financiera respecto a datos bancarios
- Informe de vida laboral
- Fotocopia del título que acredite la capacitación agraria, salvo que la acredite mediante informe de vida laboral
- Licencia de obra o certificado del Secretario Municipal indicando que no es preceptiva la licencia de obra (solo para inversiones en inmuebles)
- Descripción simple de las inversiones con su nivel previsible de gasto (Anexo IV, punto B)
- Plan de mejora (cuando no se opte porque el Plan sea realizado por los técnicos de la Consejería), una vez superada la preselección de solicitudes.
- Informe de vida laboral de los colaboradores de la explotación (en el caso de que existan)
- Informe de situación de empresario individual correspondiente al año anterior a la solicitud.
2.- Documentación a presentar por Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles, S.A.T., Cooperativas o Sociedades
- Ficha de terceros o certificado de la entidad financiera respecto a datos bancarios
- Estatutos de la Entidad.
- Certificación de la relación de socios, indicando su DNI y porcentaje de participación en el momento de la presentación de la solicitud, número de planes de mejora anteriores e importe de la subvención concedida.
- Relación de socios o comuneros que tengan la condición de agricultor profesional.
- Informe de vida laboral de los socios o comuneros que tengan la condición de agricultor profesional
- Fotocopia del título que acredite la capacitación agraria, salvo que la acredite mediante informe de vida laboral, de aquellos socios o comuneros que tengan la condición de agricultor profesional.
- Licencia de obra o certificado del Secretario Municipal indicando que no es preceptiva la licencia de obra (solo para inversiones en inmuebles)
- Descripción simple de las inversiones con su nivel previsible de gasto (Artículo 5.3 c).
- Plan de mejora (cuando no se opte porque el Plan sea realizado por los técnicos de la Consejería), una vez superada la preselección de solicitudes.
- Informe de situación de empresario individual correspondiente al año anterior a la solicitud
- Certificaciones expedidas por los órganos competentes en caso de NO autorizar a la Dirección General de Desarrollo Rural para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Consejería de Hacienda del Gobierno de Cantabria y por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Anexo:
- Modelo de Solicitud Primera Instalación Agricultores Jóvenes
- Modelo de Solicitud Modernización Explotación Agraria
- Anexos
- Orden del Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 25 de noviembre de 2016, por la que se convocan las ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes y la modernización de las explotaciones agrarias en Cantabria en el año 2016.
Lugar presentación
Órgano tramitador
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE GANADERÍA y DESARROLLO RURALDirección:
C/ Albert Einstein, 2 - 39011 Santander
Teléfono: 942 20 78 81Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Tel. 12
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Secret. Gral. de Educacion, Cultura y Deporte
Calle Vargas 53, 39010, Santander
Tel. 12
Servicio Gestion Económica Hsll
Barrio Ganzo s/n, 39300, Torrelavega
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Eei de la Población
Otros S/N S/N, 39293, Campoo de Yuso