Inspección de oficio en materia de servicios sociales.
Inspección de oficio en materia de servicios sociales.
Consejería:
Consejería de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Políticas Sociales
Dirección General:
Dirección General Política Social
Descripción:
a) Controlar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de servicios sociales en centros y servicios sociales, cualquiera que fuera su titularidad. b) Velar por el respeto de los derechos de las personas destinatarias de los servicios o usuarias de los centros de servicios sociales, detectando cualquier tipo de discriminación en los sistemas de prestación de los Servicios Sociales. c) Prestar especial atención a los cauces de participación de las personas usuarias y de sus familias, y a su funcionamiento efectivo, y analizar las quejas manifestadas por las mismas. d) Verificar el cumplimiento de los requisitos materiales y funcionales que se establezcan reglamentariamente para cada tipo de servicio o de centro. e) Supervisar el destino y la adecuada utilización de los fondos públicos concedidos a las personas prestadoras de servicios sociales para el ejercicio de sus funciones, por medio de subvenciones u otras ayudas, contratos, convenios, conciertos o cualquier otra modalidad análoga, sin perjuicio de las facultades de comprobación que corresponden al órgano gestor de la subvención de conformidad con la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. f) Orientar y asesorar en la mejora de la calidad de los servicios a las personas titulares, gestoras o profesionales de la prestación de los mismos. g) Elaborar informes que, como resultado de las visitas de inspección, definan los requisitos materiales y funcionales que no se ajusten a la normativa en materia de servicios sociales, ndiquen, en su caso, los preceptos vulnerados y establezcan el plazo para subsanar las deficiencias, pudiendo incluir las recomendaciones a que se refiere el artículo 39. h) Asesorar e informar a las personas titulares de centros y servicios sociales y a las personas usuarias o a sus representantes legales sobre los respectivos derechos y deberes. i) Asesorar a las Direcciones Generales competentes en materia de planificación y de gestión de servicios sociales acerca del nivel de adecuación de los requisitos materiales y funcionales de los servicios y centros, a las necesidades reales de las personas usuarias y elaborar propuestas para la mejora de la calidad de la atención. j) Colaborar con las unidades de planificación y programación de la Consejería en el estudio de las necesidades de servicios sociales en los ámbitos territoriales que se determinen. k) Cumplir cualquier otra función que le sea atribuida por esta u otras normas jurídicas.
Tipo procedimiento:
Inspecciones
Tipo de Inicio:
De oficio
Tipo de destinatario:
Comunes a todos
Requisitos:
Las inspecciones se realizan siempre de ofico, ya sea por iniciativa del órgano competente, por orden superior, por petición razonada de otros órganos o por denuncia. Pueden realizarse las inpecciones mediante visita a domicilio del titular ogestor, por comparecencia en la sede de la inspección o, por solicitud y requerimiento de información y/o documentación.
Tasa/Precio público:
No
Fecha:
30 de julio del 2010
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Inspección de Servicios Sociales / Artículo 33 del Decreto 40/08, de 17 de abril.
Información al ciudadano:
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Calle Peña Herbosa 29 - 1ª planta, 39003, Santander
Servicio de Administracion General
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Calle Peña Herbosa 29, 39003, Santander
Tel. 12
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Calle Los Formidables 30, 39200, Reinosa
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Tel. 12
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Otros S/N S/N, 39293, Campoo de Yuso