Convocatoria de ingreso y adquisición de nuevas especialidades del cuerpo de Maestros (2016)
Objeto
Convocar procedimiento selectivo de ingreso y adquisición de nuevas especialidades, así como el procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en el cuerpo de maestros. Se convocan 1026 plazas cuya distribución por turnos y especialidades es la siguiente:
- Nº plazas y distribución Ver tabla
¿Quién lo puede solicitar?
- Cualquier persona que se encuentre en posesión o en condiciones de que le sea expedido algunos de los siguientes títulos:
- Maestro/a. Maestro/a de Primera Enseñanza. Maestro/a de E. Primaria.
- Título de graduado/a de maestro
- Diplomado/a en Profesorado de Educación General Básica.
Lugar y Forma de presentación
Presencial:
- La cumplimentación informática de la solicitud no sustituye la obligatoriedad de la presentación de la misma en un registro administrativo por lo que, una vez cumplimentada, deberá imprimirse al objeto de ser firmada y presentada junto con la documentación correspondiente preferentemente en el Registro de la Dirección Provincial de Educación de la provincia en la que se celebre el procedimiento selectivo. En el supuesto de que se presente más de una solicitud de participación en el proceso, prevalecerá la solicitud presentada en último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente registro.
- Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Fase actual del tramite
Aspirantes seleccionados en el ingreso al Cuerpo de Maestros
¿Qué requisitos debo cumplir?
Para participar en los procedimientos selectivos deberán cumplir los siguientes requisitos en el día de finalización del plazo para la presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera o en su caso, durante la vigencia de las listas de interinidad y en el período de prestación de los servicios:
- REQUISITOS PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE INGRESO Y BAREMACIÓN (102 kbytes)
- REQUISITOS ADQUISICIÓN NUEVAS ESPECIALIDADES (86 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
La solicitud se presentará en el modelo normalizado del Anexo I, siendo su cumplimentación obligatoria a través de la aplicación informática disponible y se dirigirá al titular de la dirección provincial de educación de la provincia en la que se realicen las pruebas de la especialidad por la que participe en el procedimiento selectivo:
- Provincias de examen Ver tabla
No se admitirán enmiendas, tachaduras ni modificaciones manuales de los datos informáticos que contenga. Todas las páginas de la solicitud deberán tener el mismo código de impresión. En caso contrario, la Administración considerará como válidos los datos grabados en la aplicación correspondientes al código que figure en la hoja de la solicitud en la que se recoge la firma y el registro administrativo.
Cuando se opte por más de una especialidad, deberá presentar tantas solicitudes, junto con la documentación correspondiente, como número de especialidades a las que se opte. No obstante, el participante deberá tener presente que existirá coincidencia temporal en el inicio del proceso selectivo en todas las especialidades, no procediendo en estos casos la devolución del importe satisfecho en concepto de tasa por derechos de examen.
Deberá consignarse el código de la especialidad y el del turno de ingreso por el que se participe, debiendo consignar solo uno de ellos.
- Libre: Código 1.
- Reserva de discapacidad acreditada: Código 2.
- Adquisición de Nuevas Especialidades: Código 5.
El participante con algún grado de discapacidad, tanto si concurre por el turno libre como por el de reserva por discapacidad acreditada, deberá hacer constar en la casilla correspondiente de la solicitud o en hoja aparte, las adaptaciones que considere oportunas para la realización de los ejercicios.
En el procedimiento de ingreso el participante deberá señalar con carácter obligatorio y por orden de preferencia todas las provincias de la Comunidad de Castilla y León a las que, de existir vacante de la especialidad de que se trate, desee ser destinado, en el caso de superar el concurso-oposición, para la realización de la fase de prácticas.
Tasas procedimiento selectivo de ingreso
- Por cada solicitud, el importe en concepto de tasa por derecho de examen es 25,65 , salvo que esté exento del pago.
- El funcionario que desee participar en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades estará exento del pago de la tasa.
- No procederá devolución de tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión del solicitante en el procedimiento selectivo.
El pago de la tasa re realizarán en el modelo 046 que deberá generarse, tantas veces como solicitudes presente. No es válido el uso de fotocopias.
El modelo consta de 3 ejemplares debiendo adjuntar a cada solicitud de admisión a las pruebas selectivas únicamente el «Ejemplar para la Administración» del modelo 046 o, en su caso, el justificante de autoliquidación del pago telemático, en el que consten los datos del ingreso realizado y el NRC (número de registro completo) del mismo.
Las modalidades de pago y tramitación que se pueden utilizar son:
- Pago presencial. mediante ingreso abonando el importe consignado en el mismo en la «Cuenta restringida recaudación derechos de examen», con el número ES39 0182 5579 8502 0235 8969, abierta a nombre de Junta de Castilla y León en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, previa impresión del modelo 046 debidamente cumplimentado. El ingreso no podrá efectuarse mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada ni mediante giro postal a través del servicio de correos u otra empresa.
- Pago con tarjeta de débito o crédito de cualquier entidad financiera con TPV virtual.
- Pago por vía telemática, cumplimentando el modelo 046 on-line.
Estarán EXENTOS del pago de estas tasas, si bien deberán igualmente presentar el modelo 046 debidamente cumplimentado, señalando la casilla «Exención»:
- Las personas con discapacidad acreditada igual o superior al 33 por ciento.
- Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, siempre que la base imponible total del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2017, menos el mínimo personal y familiar del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta.
- Las víctimas del terrorismo.
Los aspirantes acompañarán a su solicitud la siguiente DOCUMENTACIÓN:
DOCUMENTACION a presentar (194 kbytes)
Fecha de publicación
6 de febrero de 2019
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 7 de febrero de 2019 hasta el 27 de febrero de 2019
Más Detalles:
La aplicación para cumplimentar la solicitud estará disponible desde las 9.00 horas del día 7 de febrero hasta las 14:00 horas del día 27 de febrero de 2019.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Te interesa saber
- DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO
-
Contenido:
El sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición, existiendo además una fase de prácticas que formará parte del proceso selectivo.
Está PREVISTO el comienzo de la fase de oposición para el 22 de junio de 2019, sin perjuicio de la prueba previa de acreditación del conocimiento del castellano.
Mediante resolución que será publicada en el BOCyL se indicará los lugares en los que las comisiones de selección anunciarán las fechas de inicio de las pruebas, los centros donde se llevarán a cabo las mismas, la distribución de opositores por tribunal, la citación de los opositores y cuantas cuestiones se estimen oportunas para el correcto desarrollo del proceso.
El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra que resulte del sorteo celebrado para el año 2019.
Las pruebas de la especialidad de Lengua Extranjera: INGLÉS, se desarrollarán en el citado idioma. La redacción de la programación didáctica, y la exposición y defensa de la unidad didáctica se realizarán en el idioma objeto de la especialidad.
Para la valoración de los méritos de la fase de concurso, el opositor que haya aprobado la fase de oposición aportará la documentación justificativa indicada en el baremo que aparece el Anexo VI cumplimentando y adjuntando al efecto el Anexo VII (Se habilitará su uso cuando el proceso alcance la fase de concurso de méritos).
El procedimiento selectivo deberá estar resuelto antes del 31 de agosto de 2019, sin perjuicio de la realización de la fase de prácticas. - PRUEBA DE ACREDITACIÓN DEL CASTELLANO
-
Contenido:
1. Exigencia de la prueba.
- El participante de nacionalidad distinta a la española en cuyos países no sea el español lengua oficial o cooficial, deberá acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que posee un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.
- Estará exento de la realización de la prueba quien esté en posesión:
- Del diploma superior de español como lengua extranjera establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «diplomas de español como lengua extranjera (DELE)» o su equivalente (nivel B2).
- Del certificado de nivel avanzado o de aptitud en español para extranjeros expedidos por las escuelas oficiales de idiomas.
- Del título de licenciado en filología hispánica o románica u otros títulos homologados.
- Asimismo, estará exento de la misma el participante que haya obtenido en España un título universitario oficial y el participante que hubiera superado esta prueba en alguno de los procedimientos selectivos para el acceso a los correspondientes cuerpos docentes no universitarios convocados por esta Comunidad a partir del año 2000.
- Publicados los listados provisionales de participantes, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, anunciando el lugar y la fecha de celebración de la prueba de acreditación de conocimiento del castellano.
2. Contenido de la prueba.
- El contenido de la prueba de acreditación del conocimiento del castellano se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre.
3. Tribunal de valoración.
- El tribunal encargado de elaborar y realizar esta prueba estará constituido por un presidente y cuatro vocales, titulares y suplentes, designados por el Director General de Recursos Humanos, entre funcionarios de los cuerpos de catedráticos y de profesores de enseñanza secundaria y del cuerpo de maestros, preferentemente de la especialidad o con la habilitación de lengua castellana y literatura o de otras especialidades lingüísticas. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León.
- A los miembros de este tribunal, con carácter general, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para los casos de abstención y recusación.
4. Valoración.
- En la prueba, el participante será calificado de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para pasar a realizar la prueba de la fase de oposición.
- Una vez concluida y calificada la prueba, el tribunal expondrá en el lugar de examen la resolución en la que figuren los resultados obtenidos por los participantes, comunicándoselo a la Dirección General de Recursos Humanos. A dicha resolución se dará publicidad, asimismo, en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es).
- ADMISIÓN DE PARTICIPANTES
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Contenido:
- Listados provisionales de participantes admitidos y excluidos: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y realizados los trámites oportunos, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobados los listados provisionales de admitidos y excluidos del proceso selectivo de ingreso. Se habilitará el correspondiente plazo para que los participantes excluidos puedan subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
- Listados definitivos: resueltas las subsanaciones, alegaciones y aceptados en su caso los desistimientos efectuados, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución aprobando los listados definitivos de participantes admitidos y excluidos.
- Contenido de los listados: Tanto los listados provisionales como los definitivos de admitidos y excluidos incluirán, al menos, los siguientes datos de los participantes: Apellidos y nombre, el documento nacional de identidad o análogo para los aspirantes de nacionalidad distinta a la española en los términos expuestos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales de datos personales, turno de ingreso, obligación de acreditar el conocimiento de castellano y en el supuesto de exclusión, indicación de la causa.
- Publicación: Las resoluciones de los listados provisionales y definitivos de participantes, se publicarán:
- En los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, en las oficinas de información y atención al ciudadano, así como en el Portal de Educación.
- En el caso de la resolución que aprueba los listados definitivos, también se dará publicidad de su parte dispositiva en el Boletín Oficial de Castilla y León.
- El contenido de los listados asimismo podrá conocerse a través del servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 983327850).
- Listados provisionales del Cuerpo de Maestros (OPE 2017 y 2018)
-
Relación provisional de admitidos y excluidos
Fecha de publicación: 29 de abril de 2019
Contenido:
Resolución de 29 de abril de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos (94 kbytes) de la Consejería de Educación, por la que se aprueban los listados provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de maestros, así como en el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por funcionarios del mencionado cuerpo, convocados por Orden EDU/71/2019, de 30 de enero.
Plazo de presentación de ALEGACIONES:- Del 30 de abril al 14 de mayo de 2019 (ambos incluidos).
Listados provisionales:
- Anexo I: Listado provisional de admitidos (1.097 kbytes)
- Anexo II: Excluidos con indicación de la causa de exclusión (171 kbytes)
- Anexo II: Excluidos por no haber presentado la solicitud a través de la aplicación informática (54 kbytes)
Relación de códigos de causas de exclusión para facilitar su identificación: - Tribunales y comisiones de selección del Cuerpo de Maestros (OPE 2017 y 2018)
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Tribunal Calificador
Fecha de publicación: 6 de mayo de 2019
Contenido:
RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se nombran los tribunales y comisiones de selección del procedimiento selectivo de ingreso en el cuerpo de maestros y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo, convocados por Orden EDU/71/2019, de 30 de enero.
Primero. Nombramiento de los tribunales.
Se nombran los tribunales referidos en el apartado decimocuarto de la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso y adquisición de nuevas especialidades, así como procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en el cuerpo de maestros, encargados de la selección de los aspirantes admitidos a los citados procedimientos, con la composición que figura en el Anexo I, teniendo en cuenta el apartado decimoquinto.2 de la citada orden.
Segundo. Nombramiento del tribunal de la prueba de acreditación del castellano.
Se nombra al tribunal encargado de elaborar, realizar y valorar la prueba de acreditación del castellano, según lo previsto en el apartado noveno.3 de la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, con la composición que figura en el Anexo II.
Tercero. Composición de las comisiones de selección.
De conformidad con lo establecido en el apartado duodécimo.1 y decimoquinto.1 de la citada Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, se constituirán comisiones de selección para cada especialidad convocada. Estas comisiones estarán formadas por los presidentes de los cinco primeros tribunales de la especialidad, actuando como presidente de la comisión, en todo caso, el presidente del tribunal número uno, y como secretario el funcionario con menor antigüedad en el cuerpo de entre los miembros que forman parte de la comisión, salvo que la comisión acuerde determinarlo de otra manera.
Cuarto. Constitución de las comisiones de selección y de los tribunales.
1. Las direcciones provinciales de educación de las provincias donde se celebren las pruebas selectivas comunicarán a los presidentes de las comisiones de selección y de los tribunales, la necesidad de que se constituyan, conforme a lo establecido en el apartado decimosexto.1 de la Orden EDU/71/2019, y en el plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León.
2. Una vez constituidos, darán cuenta de ello al día siguiente a la dirección provincial de educación de la provincia donde hayan de actuar, remitiendo ésta seguidamente copia del acta de constitución y sus anexos a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.
Quinto. Participación en los órganos de selección.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la participación en los órganos de selección tiene carácter obligatorio. La inasistencia injustificada a las distintas sesiones y actos del procedimiento, incluidos el de constitución, con excepción de lo contemplado en el apartado decimosexto.2 de la Orden EDU/71/2019, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del proceso selectivo objeto de esta convocatoria dará lugar a la correspondiente responsabilidad disciplinaria.
2. Una vez constituidos los tribunales, y de forma previa a su funcionamiento, las comisiones de selección canalizarán de forma ordenada las solicitudes de abstención y recusación que tengan conocimiento ante la Dirección General de Recursos Humanos que será el órgano competente para su resolución en los términos previstos en el apartado decimosexto.2 de la citada Orden EDU/71/2019, de 30 de enero.
Sexto. Publicidad.
Con el objeto de dar mayor publicidad, la presente resolución será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Listados definitivos de admitidos y excluidos del Cuerpo de Maestros (OPE 2017 y 2018)
-
Relación definitiva de admitidos - excluidos
Fecha de publicación: 28 de mayo de 2019
Contenido:
RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se da publicidad a la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y Dirección General, por la que se aprueban los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de maestros así como en el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo, convocado por orden EDU/71/2019, de 30 de enero.
Dar publicidad a la parte dispositiva de la Resolución de 20 de mayo de 2019, por la que se aprueban los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo, convocado por Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Primero. Listado definitivo de admitidos en el procedimiento selectivo de ingreso y en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.
Aprobar el listado definitivo de aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de maestros, y en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades en el citado cuerpo, convocados por la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, que aparece como Anexo I, con indicación de aquellos aspirantes que, en su caso y de acuerdo con el apartado noveno.1 de la citada orden deberán acreditar, mediante la realización de la prueba que en la misma se indica, el conocimiento del castellano.
Segundo. Listados definitivos de excluidos en el procedimiento selectivo de ingreso y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.
Aprobar el listado definitivo de aspirantes excluidos en el procedimiento selectivo de ingreso en el cuerpo de maestros y en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades, convocado por la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, que figura en el Anexo II con indicación de la causa de exclusión.- Anexo II: Listado definitivo de aspirantes excluidos, con indicación de la causa de exclusión (33 kbytes)
- Anexo II: Listado definitivo de aspirantes excluidos, por no presentar la solicitud a través de la aplicación informática (59 kbytes)
- Listado de códigos de exclusión (11 kbytes)
Tercero. Publicación y publicidad.
De conformidad con el apartado séptimo.5 de la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, los listados definitivos de admitidos y excluidos se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León(http://www.educa.jcyl.es), dando publicidad de su parte dispositiva en el Boletín Oficial de Castilla y León.
El contenido de dichos listados asimismo podrá conocerse a través del servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la comunidad de Castilla y León: 983 327850).
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del T
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Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes
Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca
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Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León
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Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
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Unidad Veterinaria de Castrojeriz-Burgos
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Carretera De Soria-Plasencia Km. 193,4, 40002, Segovia
Sección Agraria Comarcal de Lerma-Burgos
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