Autorización de organismos de verificación metrológica de los aparatos taxímetros

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Requisitos

Establece requisitos para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica de los aparatos taxímetros, en sus fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.
Condiciones
La designación concedida estará sometida a las siguientes condiciones:

  • El ámbito de actuación será el correspondiente al territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • El Servicio de Industria y Energía establecerá el procedimiento de tramitación administrativa inherente a las actuaciones de los Organismos Autorizados de Verificación Metrológica.
  • La designación tendrá una validez de tres años. Antes de la finalización de este plazo, el Organismo deberá solicitar su renovación, debiendo cumplir para la misma aquellos requisitos que se hayan podido establecer mediante disposición reglamentaria.

Documentación

  • Solicitud
  • Para su designación, junto con la solicitud, los organismos que deseen realizar las verificaciones objeto de esta resolución deberán aportar:

  1. Certificado de Entidad Nacional de Acreditación sobre el reconocimiento de la competencia técnica de la entidad solicitante, bien sea para certificar, inspeccionar o auditar la calidad, bien para actuar como laboratorio de ensayo o bien para actuar como laboratorio de calibración.
  2. Procedimiento de actuación en la realización del proceso de verificación que cumpla con lo establecido en la legislación específica de aplicación, y que contemple los recursos técnicos y humanos y los medios técnicos disponibles para su actuación.
  3. Declaración jurada de que el organismo y su personal son independientes de todos los círculos, grupos o personas que tengan un interés directo o indirecto respecto a las actuaciones para las que solicita autorización.
  4. Tarifas máximas a aplicar tanto para la primera verificación como para la segunda verificación si fuera preciso realizarla.
  5. Documentación acreditativa del cumplimiento de lo establecido para los organismos autorizados de verificación metrológica en el artículo 19 y en el Anexo II del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.

Aportación de documentos junto con la solicitud

Si el trámite se hace de forma presencial

Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

Si se hace de manera electrónica

Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

Modelo de solicitud ( 34.8 Kb)

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

  • Plazo de resolución y notificación
    Seis meses

Más información

  • Normativa:

    Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

    Resolución de 18 de julio de 2007, del Director General de Industria y Comercio por la que se establece el procedimiento para la autorización de organismos de verificación metrológica de los aparatos taxímetros, en sus fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):
    Positivo
  • Recurso que procede:
    Alzada
  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

     

     

     

     

     


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Calle El Mazo 11, 26200, Haro

    Servicio de Comercio

    Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada

    Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García

    Calle República Argentina 68, 26006, Logroño

    Oficina de Empleo de Logroño

    Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño

    Sección de Coordinación y Promoción Deportiva

    Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño

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    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

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