2010 Ayudas destinadas a la Formación de Personal Investigador para la realización de tesis doctoral

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Objeto

  • Promover la formación de investigadores en programas de investigación científica y ténica mediante la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas para la realización de la tesis doctoral en Canarias.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Titulados Universitarios
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Para poder optar a estas ayudas, será necesario cumplir, además de los requisitos establecidos en el apartado segundo del artículo 13 de La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los siguientes:
  • a.- los candidatos deberán acreditar estar en posesión del título o superado los estudios requeridos para acceder a un Programa de Doctorado, conforme a alguna de las ordenaciones universitarias señaladas en la resolución.
  • b.- contar con un expediente académico con una nota media igual o superior a 1,5 puntos, obtenida por la aplicación del baremo a que se refiere el punto 2.9.5 de las bases.
  • c.- que el centro de destino al que pretenda incorporarse el beneficiario esté radicado en Canarias y sea bien una Universidad o un Centro Público de Investigación.
  • d.- no haber finalizado sus estudios con anterioridad a la fecha que exija la convocatoria anual correspondiente.
  • e.- en el plazo de presentación de solicitudes, haber sido admitido o haber presentado la solicitud de admisión en un programa de doctorado regulado bien por el Real Decreto 778/1998 o por Real Decreto 56/2005. La matrícula en el doctorado o equivalente deberá acreditarse con posterioridad y será requerida de oficio por el órgano gestor de la convocatoria a la universidad respectiva.
  • f.- ser residente canario en el momento de cursar la solicitud y estar en situación legal en España a esa fecha, conforme al Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre por el que se aprueba el Reglamlento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en el caso de ciudadanos de países ajenos a la Unión Europea y Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y resiencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en el caso de ciudadanos de la Unión Europea.
  • g.- no podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de Doctor, ni quienes con anterioridad hayan resultado beneficiarios de una ayuda pública para realizar la tesis doctoral, aun cuando no se haya disfrutado por haber renunciado a la misma.
Tasas:
No se exigen
Cuantía
  • El importe de la ayuda será de 1.142 euros mensuales en los dos primeros años y de 1.173 euros mensuales, más la Seguridad Social, en la fase de contrato en prácticas, con independencia de su actualización en los años posteriores conforme a lo establecido en el resuelvo tercero, 3º) de las bases.
Criterios de valoración y baremación:
  • a.- nota media del expediente académico ponderada teniendo en cuenta la calificación media de su titulación, hasta 4 puntos.
  • b.- Currículum vitae del Director de la Tesis Doctoral, hasta un máximo de 2 puntos.
  • c.- interés científico y calidad del proyecto formativo que incluya la tesis doctoral y su adecuada financiación, hasta 1,5 puntos.
  • d.- currículum vitae del solicitante, hasta un máximo de 1 punto.
  • e.- integración de la Tesis Doctoral en proyectos de investigación financiados en convocatorias públicas, hasta un máximo de 1 punto.
  • f.- participación en estudios de doctorado distinguidos con la Mención de Calidad por la Dirección General de Universidades, hasta 0,50 puntos, siempre que se acredite la matrícula en un programa de tales características.
Forma de Abono:
  • Las dotación económica anual de cada beneficiario se abonará mediante transferencia anual anticipada a los centros de investigación donde estén adscritos los beneficiarios de las mismas, los cuales actuarán como entidades colaboradoras, mediante la suscripción de los preceptivos convenios de colaboración y abonarán mensualmente el importe correspondiente al becario, así como la cotización de la Seguridad Social.

Medios de presentación

Electrónico:
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:

Fecha Inicio: 20/10/2010 0:0

Fecha Fin: 19/11/2010 23:59

Por internet

    • Documentación indicada en la base 2.6.1.2. de la Resolución de 11 de octubre de 2010

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Quién tramita

Quién resuelve

Normativa

  • Normativa autonómica

    Resolución de 11 de octubre de 2010, del Director, por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases que han de regir en las convocatorias de ayudas del programa de formación del personal investigador, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y se convocan las referidas subvenciones para el año 2010. (BOC nº 206,de 19.10.2010)

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      2797
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      221293

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