TECG - Solicitud de registro de escuela de enseñanzas náutico-deportivas (EEND) en la Comunitat Valenciana.
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
TECG - Solicitud de registro de escuela de enseñanzas náutico-deportivas (EEND) en la Comunitat Valenciana.
Objeto del trámite
Las escuelas de enseñanzas náutico-deportivas precisan para iniciar y desarrollar sus actividades y realizar la correspondiente declaración responsable de inicio de la actividad. El registro se llevará a cabo siempre que los centros reúnan los requisitos mínimos establecidos con carácter general por la legislación vigente para este tipo de establecimientos.
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¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Toda persona física o jurídica de carácter privado y de nacionalidad española, de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea o de nacionalidad extranjera, ajustándose a lo que resulte de la legislación vigente y de los acuerdos internacionales.
Requisitos
Para impartir los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones de patrón para navegación básica, patrón de embarcaciones de recreo, patrón de yate o capitán de yate, los profesores y los instructores deberán estar en posesión de las titulaciones profesionales a que se refiere el artículo 26 del Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento, BOE de 11 de octubre de 2014
Igualmente, deberán reunir los restantes requisitos señalados en el Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento, BOE de 11 de octubre de 2014 -
¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
TASAS 2019
- Autorización de apertura y funcionamiento: 45,90 euros.Enlace relacionado con el pago de las tasas
http://www.citma.gva.es/web/actividades-nauticas/inf-admin/tasas-naut/modelos-046-sara
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¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
Durante todo el año.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en un sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
-Y, preferentemente, en:REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO - CASTELLÓN
AV. DEL MAR, 16
12003 Castelló de la Plana
Tel: 012
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
46018 València
Tel: 012
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE TRANSPORTES - ALICANTE
AVDA. AGUILERA, 1
03007 Alacant/Alicante
Tel: 012Por internet
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=3199
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¿Qué documentación se debe presentar?
- Impreso normalizado de declaración responsable para inicio de actividad:
La presentación de la declaración responsable conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio obtenga directamente los datos relativos de identificación personal, según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizarse, se deberá aportar:
**DNI o documento equivalente en caso de extranjeros
- Denominación y domicilio de la escuela de enseñanzas náutico-deportivas.
- Expresión de los títulos para los que se imparten las enseñanzas teóricas, y para los que se imparten las preceptivas prácticas básicas de seguridad y navegación.
- NIF de la sociedad mercantil si se trata de una persona jurídica, donde se acredite que el objeto social de la misma es la enseñanza teórico-práctica de la navegación de recreo.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento del local de emplazamiento de la escuela, a nombre del titular de la misma.
- Alta censal para la actividad de enseñanza teórico-práctica de la navegación de recreo.
- Titulación profesional marítima del personal docente de la escuela y expresión de los cargos a desempeñar.
- Memoria explicativa de la actividad.
- Acreditación de que disponen de todo el equipo necesario para realizar la práctica correspondiente al título objeto de la misma, homologado conforme a la legislación vigente y amparado, en el caso de las embarcaciones, por el correspondiente certificado de navegabilidad.
- Respecto a las embarcaciones destinadas a prácticas, listado comprensivo del nombre, matrícula y características generales, así como:
1. Copia del certificado de navegabilidad, acreditando que disponen de todo el equipo necesario para realizar la práctica correspondiente al título objeto de la misma.
2. Póliza de seguro adecuada que cubra el riesgo de accidente de los alumnos embarcados.
3. Para impartir prácticas básicas de seguridad y navegación de:
- BÁSICO y PER: la embarcación debe tener una eslora mínima de 6 metros.
- PATRÓN YATE Y CAPITÁN YATE: eslora mayor de 11,50 metros.
En caso de que el instructor de prácticas no sea el titular de la escuela de enseñanzas náutico-deportivas, deberá existir una relación contractual con la misma.
- En el caso de las escuelas que quieran impartir prácticas de radiocomunicaciones, se deberá aportar la documentación precisa para acreditar la disponibilidad del equipo de radiocomunicaciones homologado por la Dirección General de la Marina Mercante exigible para cada titulación de recreo, y la acreditativa de las condiciones de idoneidad profesionales de los instructores, conforme a lo previsto en el anexo VI del Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento, BOE de 11 de octubre de 2014.Impresos asociados
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¿Cómo se tramita?
Pasos
- Presentación de la declaración responsable y documentación requerida.
- El Director General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad resolverá el expediente autorizando la apertura o denegándola de forma motivada.
- La autorización y registro de las escuelas de enseñanzas náutico-deportivas surtirá efectos a partir del día siguiente a la fecha de la correspondiente resolución. La modificación de algunos de los datos señalados requerirá la previa autorización administrativa.Recursos que proceden contra la resolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).
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¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=3199
Tramitación
Pinchando en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página.
Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico.
También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver apartado Enlaces de este trámite). -
Información complementaria
Enlaces
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Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Resolución de 24 de septiembre de 1998, de la Conselleria de Bienestar Social , por la que se aprueba el procedimiento y los requisitos exigidos para la realización de prácticas básicas de seguridad y navegación o examen práctico para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo (DOGV nº 3.378, de 23/11/1998).
- Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento, BOE de 11 de octubre de 2014 que regula las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOE nº 247, de 11/10/2014).Lista de normativa
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana
Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia
Tel. 961925700
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia
Tel. 961209322
Dirección General de Administración Local
Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia
Tel. 963868061
Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)
Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia
Tel. 963108802
Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat
Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia
Tel. 963131000
Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia
Tel. 961209003
Departamento de Salud de la Ribera
Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira
Tel. 962458100
Departamento de Salud de Gandia
Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia
Tel. 962849500
Entidad de Infraestructuras de la Generalitat
Calle Vinatea 14, 46001, Valencia
Tel. 961964700
Departamento de Salud de Alicante - Hospital General
Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant
Tel. 965933000
Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana
Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia
Tel. 963175400
Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante
Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant
Tel. 965934922
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