TECE - Mejora voluntaria de la solicitud de información ambiental
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
TECE - Mejora voluntaria de la solicitud de información ambiental
Objeto del trámite
Mejorar o modificar de manera voluntaria por parte de la persona solicitante la solicitud de información ambiental, a petición del órgano competente.
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¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
La mejora será requerida por la autoridad pública cuanto antes y a más tardar en el plazo de un mes desde que se interpuso la petición de información ambiental.
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¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
La persona solicitante tendrá un plazo de 10 días para realizar la mejora voluntaria de la solicitud, desde la notificación de la misma.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
y preferentemente:REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO RURAL
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
46018 València
Tel: 961247382Por internet
Tramitar con certificado electrónico: https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=CMA_TRA_CIDAM_MILLINF&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=15436
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¿Qué documentación se debe presentar?
Presentación modelo de solicitud debidamente cumplimentado.
Impresos asociados
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¿Cómo se tramita?
Pasos
1. Requerimiento de mejora voluntaria de la solicitud de información ambiental.
2. Presentación de mejora de la solicitud de la información ambiental (presencial o con firma electrónica).
3. Incorporación al expediente, en su caso, de la mejora realizada.
4. Resolución de la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales y notificación a la persona interesada por parte del CIDAM.
5. Con carácter general, el plazo máximo para resolver es de un mes desde la recepción de la solicitud en el registro de la autoridad pública competente para resolverla. Si el volumen y la complejidad de la información son tales que resulta imposible cumplir el plazo antes indicado (1 mes), el plazo se ampliará a dos meses desde la recepción de la solicitud en el registro de la autoridad pública competente para resolverla. El plazo de resolución de las solicitudes se contará a partir de la fecha de entrada de la solicitud en el registro de la Conselleria competente en materia de medio ambiente.Recursos que proceden contra la resolución
La resolución adoptada agota la vía administrativa. Contra dicha resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. -
¿Cómo se tramita telemáticamente?
Tramitar con certificado electrónico: https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=CMA_TRA_CIDAM_MILLINF&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=15436
Tramitación
TRAMITACIÓN CON CERTIFICADO ELECTRÓNICO (para aquellas personas que disponen de firma electrónica)
1. Acceder desde el icono "tramitar con certificado".
2. Rellenar el formulario correspondiente a la mejora voluntaria de la solicitud de información ambiental.
2. Anexar documentación, en su caso.
3. Firmar el trámite y enviarlo. -
Información complementaria
En el caso de que la persona interesada realice la mejora a su solicitud, dentro del plazo de diez días desde que se le notificó, el CIDAM incorporará dicha mejora a su expediente y continuará el procedimiento, en el caso de no realizarla éste no se paralizará.
EL CIDAM (Centro de Información y Documentación Ambiental de la Comunitat Valenciana) es la unidad administrativa dependiente de la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales, encargada de desempeñar las funciones que le son atribuidas en materia de información y participación ambiental.Enlaces
CIDAM (Centro de Informacion y Documentación Ambiental de la Comunitat Valenciana)
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Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Directiva 2003/4/CE, de 28 de enero, sobre el acceso público a la información ambiental (DOUE L41/26, de 14/02/03).
- Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (BOE nº 171, de 19/07/06).
- Decreto 97/2010, de 11 de junio, del Consell, por el que se regula el ejercicio del derecho de acceso a al información ambiental y de participación pública en materia de medio ambiente de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6290, de 16/06/10).
- Decreto 49/2017, de 31 de marzo, del Consell, de modificación del Decreto 97/2010, de 11 de junio, del Consell, por el que se regula el ejercicio del derecho de acceso a la información ambiental y de participación pública en materia de medio ambiente (DOGV nº 8017, de 07/04/2017).Lista de normativa
Ver Ley 27/2006, de 18 de julio
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La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.
La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las intrucciones específicas.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana
Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia
Tel. 961925700
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia
Tel. 961209322
Dirección General de Administración Local
Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia
Tel. 963868061
Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)
Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia
Tel. 963108802
Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat
Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia
Tel. 963131000
Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia
Tel. 961209003
Departamento de Salud de la Ribera
Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira
Tel. 962458100
Departamento de Salud de Gandia
Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia
Tel. 962849500
Entidad de Infraestructuras de la Generalitat
Calle Vinatea 14, 46001, Valencia
Tel. 961964700
Departamento de Salud de Alicante - Hospital General
Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant
Tel. 965933000
Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana
Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia
Tel. 963175400
Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante
Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant
Tel. 965934922