Subrogación de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la tramitación de planeamiento de desarrollo (planes parciales, planes especiales y estudios de detalle)
Subrogación de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la tramitación de planeamiento de desarrollo (planes parciales, planes especiales y estudios de detalle)
Requisitos
La Subrogación de la Comunidad Autónoma se realizará en los supuestos de incumplimiento de los plazos previstos para la aprobación inicial o provisional de los planes parciales y planes especiales que desarrollen determinaciones de planeamiento municipal y de los plazos previstos para la aprobación inicial de los estudios de detalle.
Documentación
- Solicitud
- Identidad del solicitante
- Título del expediente perfectamente identificable con la denominación del ámbito afectado en formato papel y digital
- Justificación de haber presentado el expediente ante la administración competente para su tramitación y el transcurso del tiempo para que recayera resolución, sin que esta se haya producido
- Certificación de que el transcurso del tiempo sin que se haya resuelto el expediente pretendido no es por causa imputable al interesado
- En su caso, copia de los actos que ya se hubieran realizado por la administración cmpetente
- Antecedentes con el planeamiento vigente
- Plano de situación
- Emplear la documentación gráfica del plan, tanto para el estado actual como para la propuesta, incluyendo las leyendas correspondientes
- Señalar las superficies afectadas y las nuevas cifras de clases de suelo y calificaciones
- Aportar la redacción de la normativa afectada vigente y la modificada, en formato WORD para su posterior publicación en el B .O.R .
- Informe de Sostenibilidad Ambiental, en los casos en que el expediente haya sido som etido a evaluación ambiental estratégica.
- Formato vectorial (DWG,DXF,SHP...)
- Formato imagen TIFF o JPG (con resolución mínima 150 píxeles), o sino en PDF sin proteger.
- Memoria y estudios complementarios
- Planos de información, incluido el catastral
- Planos de ordenación, determinación de los servicios
- Ordenanzas reguladoras necesarias para su ejecución
- Plan de etapas y estudio económico
- Demás requisitos previstos en reglamentariamente
- Relación de propietarios afectados.
- Citación personal para la información pública de la aprobación inicial a todos los propietarios de los terrenos comprendidos.
Documentación técnica y administrativa
En la documentación técnica será necesario aportar, además de la contemplada en la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1 978 la siguiente:
Los formatos para la documentación escrita serán: .doc y .pdf
Los formatos para la documentación gráfica: (imprescindible de las dos formas):
Cada ejemplar de planeamiento de desarrollo o de su modificación puntual deberá incluir, al menos:
Los planeamientos de desarrollo de iniciativa particular deberán incluir, además:
Solicitud ( 63.1 Kb)
Tasa 09.14.1. por Tramitación de proyectos, planes y figuras que vinculen al Planeamiento Municipal ( 60.5 Kb)
Tasa 09.14.4. por Tramitación de Planeamiento de desarrollo municipal ( 57.6 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar:
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Abierto todo el año
- Plazo de resolución y notificación
Tres meses, contados desde la presentación de la solicitud ante la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo. En este procedimiento, los planes parciales y especiales no están sujetos a aprobación provisional y se entenderán aprobados definitivamente 6 meses después de la aprobación inicial, o de 3 meses si la aprobación inicial fue hecha por el Ayuntamiento, siempre que en ambos casos se haya cumplimentado el trámite de información pública. Los estudios de detalle se entenderán aprobados definitivamente si transcurriesen 3 meses desde su aprobación inicial expresa por el órgano autonómico competente o desde la presentación en el Registro de la solicitud de subrogación cuando el proyecto hubiese sido aprobado inicialmente por el Ayuntamiento, supuesto, en todo caso, el cumplimiento del trámite de información pública.
Más información
- Normativa:
Ley 5/2006, de 2 de mayo, Arts. 87, 88 y 93, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.
Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo.
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley del Suelo.
Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo.
Decreto 20/2009, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento administrativo de evaluación ambiental de planes y programas.
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Positivo
- Observaciones:
- Los planes de desarrollo serán inmediatamente ejecutivos una vez publicada en el BOR su aprobación definitiva.
- No habrá lugar a la aplicación del silencio administrativo si el plan no contuviera los documentos y determinaciones establecidas por los preceptos que sean directamente aplicables para el tipo de plan de que se trate.
- El silencio se entiende favorable siempre que no incluya determinaciones contrarias a la Ley o a planes de superior jerarquía, o cuando la aprobación del plan está sometida a requisitos especiales legales o reglamentariamente establecidos.
Modos de pago:
- Cargo en cuenta
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población
- Órgano competente: Dirección General de Política Territorial, Urbanismo y Vivienda
- Unidad tramitadora: Servicio de Urbanismo
- Cargo que resuelve: Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja (COTUR)/Consejero
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño