Solicitud de informe de esfuerzo de integración.
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Solicitud de informe de esfuerzo de integración.
Objeto del trámite
Informar acerca del esfuerzo de integración de aquellas personas que hayan participado activamente en el Programa Voluntario de Comprensión de la Sociedad Valenciana Escuela de Acogida, además de aquellas otras acciones formativas destinadas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España, los valores estatutarios de la Comunitat Valenciana, los valores de la Unión Europea, los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres, así como el aprendizaje de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.
El esfuerzo de integración se acreditará mediante el certificado de aprovechamiento del Programa Voluntario de Comprensión de la Sociedad Valenciana Escuela de Acogida. -
¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Las personas extranjeras que hayan de iniciar alguno de los procedimientos siguientes:
A) Renovación de autorización de residencia temporal en los siguientes supuestos:
1- Renovación de autorización de residencia temporal no lucrativa.
2- Renovación de autorización de residencia temporal por reagrupación familiar.
3- Renovación de autorización de residencia y trabajo temporal por cuenta ajena.
4- Renovación de autorización de residencia y trabajo temporal por cuenta propia.
B) Concesión de nacionalidad por residencia
(Artículo 63 de la Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil, modificado por la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social) -
¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
Durante todo el año, previamente al inicio de alguno de los procedimientos indicados anteriormente.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
- En caso de no contar con el certificado acreditativo de Escuela de Acogida:
- Modalidad presencial: en las entidades o asociaciones que imparten el Programa Voluntario de Comprensión de la Sociedad Valenciana Escuela de acogida.
- Modalidad on-line: mediante inscripción en el enlace de Escuela de Acogida, apartado Nuevos Ciudadanos de la página web de la Conselleria (www.csc.gva.es).
- En caso de denegación de la renovación de autorización temporal de residencia y se quiera acreditar el esfuerzo de integración, mediante solicitud en los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 4
46018 València
Tel: 012Por internet
A través del enlace correspondiente:
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¿Qué documentación se debe presentar?
- En caso de contar con el certificado de aprovechamiento del Programa Voluntario de Comprensión de la Sociedad Valenciana Escuela de Acogida, dicho certificado acredita el esfuerzo de integración de la persona interesada. Por tanto, podrá ser presentado ante el órgano administrativo correspondiente a los efectos oportunos.
- En aquellos casos en los que no se cuente con el certificado de aprovechamiento del Programa Voluntario de Comprensión de la Sociedad Valenciana Escuela de Acogida, deberá de obtener dicho certificado realizando el curso de manera on-line o presencial. Toda la información relativa a la realización de dichos cursos la encontrará en el enlace Escuela de Acogida, apartado Nuevos Ciudadanos de la página web de la Conselleria (www.csc.gva.es).
- En todo caso se deberá aportar la siguiente documentación:
- Solicitud normalizada dirigida a la Dirección General de Inclusión Social de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.
- Fotocopia compulsada del TIE de la persona solicitante, o autorización expresa a la Conselleria competente para que ésta compruebe los datos de identidad del solicitante mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad, según establece el artículo 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la Administración de la Generalitat y su sector público.
- Fotocopia compulsada de la certificación de la participación activa del solicitante en el programa voluntario de comprensión de la sociedad valenciana "Escuela de Acogida".
- Fotocopia compulsada de la certificación de la participación activa del extranjero en acciones formativas destinadas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España, los valores estatutarios de la Comunitat Valenciana, los valores de la Unión Europea, los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres, así como el aprendizaje de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.Impresos asociados
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¿Cómo se tramita?
Pasos
- El esfuerzo de integración queda acreditado con el certificado de aprovechamiento del Programa Voluntario de Comprensión de la Sociedad Valenciana Escuela de Acogida. Dicho certificado podrá ser presentado ante el órgano administrativo correspondiente a los efectos oportunos.
- En caso de no contar con el certificado de aprovechamiento, la persona interesada deberá inscribirse en el Programa Voluntario de Comprensión de la Sociedad Valenciana Escuela de Acogida en su modalidad online o presencial, con el fin de obtener dicho certificado una vez superado satisfactoriamente el programa.
- En caso de denegación de la renovación de autorización de residencia temporal, y se quiera presentar recurso oportuno contra la denegación, la persona interesada deberá presentar solicitud de informe de esfuerzo de integración, mediante el impreso correspondiente. Recibida la solicitud y la documentación exigida, la Dirección General de Inclusión Social verificará si la documentación presentada está completa y es correcta.
- Cuando la solicitud no reuniera los requisitos mínimos para su tramitación o no acompañara toda la documentación exigida, se requerirá a las personas solicitantes para que en el plazo de 10 días subsanen las deficiencias o aporten los documentos requeridos, en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- La persona titular de la Dirección General competente, informará la solicitud de esfuerzo de integración motivadamente dentro del plazo de un mes, a contar desde la entrada de la solicitud en cualquiera de los registros de la Conselleria competente en la materia.Recursos que proceden contra la resolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ( BOE núm. 236, de 02/10/ 2015).
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¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitación
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat.
( https://sede.gva.es/va/web/sede_electronica/sede_certificados ).
IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello habrá que tener en cuenta que:
1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo.
2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática.
3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago.
4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación.
PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA:
a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales.
b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite
* Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo "SOLICITUD"
* Especifique la materia objeto de la solicitud
* Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante).
c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede.
d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación).
e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro. -
Información complementaria
Enlaces
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Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil, modificado por la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (BOE nº151, de 10/06/1957).
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (BOE nº 10, de 12/01/00).
- Ley 15/2008, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de Integración de las Personas Inmigrantes en la Comunitat Valenciana (DOCV nº 5911, de 11/12/08).
- Decreto 93/2009, de 10 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 15/2008, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de Integración de las Personas Inmigrantes en la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6056, de 14/07/09).
- Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (BOE nº 103, de 30/04/11).Lista de normativa
Ver Ley 15/2008, de 5 de diciembre
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana
Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia
Tel. 961925700
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia
Tel. 961209322
Dirección General de Administración Local
Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia
Tel. 963868061
Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)
Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia
Tel. 963108802
Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat
Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia
Tel. 963131000
Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia
Tel. 961209003
Departamento de Salud de la Ribera
Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira
Tel. 962458100
Departamento de Salud de Gandia
Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia
Tel. 962849500
Entidad de Infraestructuras de la Generalitat
Calle Vinatea 14, 46001, Valencia
Tel. 961964700
Departamento de Salud de Alicante - Hospital General
Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant
Tel. 965933000
Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana
Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia
Tel. 963175400
Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante
Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant
Tel. 965934922