Servicio de empleo "Concilia" 2016 sin certificado digital
Objeto
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- El programa Concilia tiene como finalidad fomentar la incorporación al mercado laboral de las personas desempleadas que tengan a su cargo hijos/as menores de 3 años, adoptando la forma de subvención destinada a sufragar parte de los gastos generados por dichos menores en Centros de Educación Infantil (primer ciclo de educación infantil), favoreciendo con ello la compatibilidad entre el trabajo de los padres y madres y el cuidado de sus hijos/as.
- Por su parte la solicitud del Servicio de Empleo Concilia, con carácter previo a la contratación, es un requisito necesario cumplir para poder ser beneficiario de subvención en el marco del citado programa Concilia y tiene asimismo como objeto prestar un servicio de información sobre las características del programa CONCILIA, con la finalidad de resultar de utilidad para incrementar sus oportunidades de empleo.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- -Haber solicitado y obtenido previamente el Servicio de Empleo Concilia, a través de los medios y mecanismos establecidos en el resuelvo octavo, punto 2, de las bases reguladoras (Sede Electrónica del SCE o puntos de empleo de las Oficinas de Empleo). En el momento de la solicitud del servicio, el interesado deberá estar inscrito en el Servicio Canario de Empleo (SCE) como demandante de empleo en situación de desempleo.
- -En relación al resto de requisitos a cumplir para poder ser beneficiario de la subvención se estará a lo dispuesto en el resuelvo tercero de la Resolución reguladora de las bases del programa.
- Asimismo, con respecto al requisito de contratación laboral previa, los contratos deberán haberse suscrito dentro del periodo temporal que se determine en la respectiva Convocatoria. En el supuesto de contratación a tiempo parcial, la duración de la jornada laboral no podrá ser inferior al 40% del total de la ordinaria establecida.
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Plazo de presentación:
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Fecha Inicio: 8/8/2017 0:0
Fecha Fin: 31/12/2020 23:59
Por internet
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La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Subdirección de Empleo
Quién resuelve
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- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- No tiene
- Recursos:
- No cabe recurso
Observaciones
- Convocatoria 2019-2020:
Siempre que se cumplan los requisitos exigidos, darán lugar al reconocimiento del Título Nominativo "CONCILIA", los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban entre el mes de abril de 2019, hasta el mes de marzo de 2020, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la "vigencia total" de la presente Convocatoria,distribuyéndose no obstante en seis periodos temporales bien definidos.
Normativa
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Normativa autonómica
Resolución de 26 de junio de 2017, de la Presidenta, por la que se procede a la aprobación de las bases reguladoras del Programa de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral "Concilia", con periodo de vigencia del 2017 al 2020.
Extracto de la Resolución de 27 de febrero de 2019, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al Programa de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral CONCILIA, correspondiente al ejercicio 2019-2020.
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
4412
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220751
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Trámites relacionados
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