PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL EN CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL
Finalidad
Poner a disposición de los ciudadanos los Centros de Educación Infantil, como una medida de apoyo a las familias que no posean medios económicos suficientes, así como de favorecimiento de la conciliación entre la vida laboral y familiar.
Destinatarios
Padres o tutores legales, o en su caso el representante legal del organismo público o privado que por atribución legal o judicial tenga conferido título jurídico suficiente para ello, de los niños y niñas que residan en la Comunidad Autónoma de Extremadura hasta 3 años de edad, siempre que no cumplan dicha edad durante el año en el que se cursa la solicitud.
También se podrá solicitar plaza para los niños y niñas cuyo nacimiento se prevea hasta el 31 de diciembre del año en el que se cursa la solicitud.
Plazo de presentación
Año 2016: Desde el 11 hasta el 30 de abril, ambos inclusive.
Lugar de presentación
Modelo de solicitud (Anexo II)
Plazo normativo para resolver
Cinco meses, desde el anuncio de la convocatoria.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Provincial de Educación correspondiente.
Los criterios de selección y puntuación para el ingreso se efectuará según el baremo establecido en el DECRETO 39/2012, de 16 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión del alumnado de primer ciclo de educación infantil en centros de educación infantil dependientes de la Consejería de Educación y Cultura.
El solicitante de nuevo ingreso que vaya a participar en el proceso de admisión del alumnado de primer ciclo de educación infantil, deberá presentar solicitud por duplicado, según el modelo oficial que figura en el Anexo II, acompañada de la siguiente documentación:
a) Documentación justificativa de la situación familiar.
Copia compulsada del Libro de Familia completo o documento equivalente en caso de ciudadanos extranjeros.
Copia compulsada del documento oficial que acredite el reconocimiento de familia numerosa, cuando proceda.
Cuando proceda, certificado acreditativo de discapacidad física, psíquica o sensorial del alumno/a, padres, hermanos o tutores, expedida por el organismo competente que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Cuando la solicitud se realice para niños no nacidos, certificado médico del especialista en ginecología que acredite el tiempo de gestación en el que se encuentra la madre.
b) Documentación justificativa de la situación económica, laboral y/o académica:
Certificado de vida laboral de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
Copia compulsada de la última nómina de todos los miembros de la unidad familiar que tengan un trabajo remunerado por cuenta ajena, así como contrato laboral para acreditar la duración de la relación laboral.
Copia compulsada de la última Declaración de la Renta o de las Declaraciones trimestrales de Rendimientos, de todos los miembros de la unidad familiar que sean trabajadores autónomos o por cuenta ajena.
En el caso de que ningún miembro de la unidad familiar esté obligado a realizar la Declaración de la Renta, deberá presentarse una declaración jurada por unidad familiar, en la que se especifiquen todos los ingresos obtenidos por cada uno de sus miembros, aportando los justificantes que procedan.
En el caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar esté percibiendo algún tipo de prestación o subsidio de desempleo, deberán presentar certificado del SEPE donde conste la cuantía mensual de dicha prestación o subsidio.
Cuando los padres o tutores legales tengan la condición de desempleados, deberán presentar certificado del organismo correspondiente que acredite dicha situación.
Cuando los padres o tutores legales tengan la condición de estudiantes, deberán presentar un certificado del correspondiente centro educativo, en el que se acredite el curso o cursos que se encuentran realizando, así como el horario al que están sujetos.
Documento acreditativo de alquiler y/o de pagos de amortización del préstamo concedido para la adquisición de la vivienda familiar.
c) Documentación de la situación socio-familiar:
Cuando existan situaciones socio-familiares que conlleven dificultades específicas para atender adecuadamente al niño o niña y que hagan especialmente necesaria su escolarización, se requerirá dictamen al Equipo de Atención Temprana o en su defecto al de Orientación Educativa y Psicopedagógica de sector o, en caso de existir, de acuerdo con el Servicio Social de Base se hará constar esta circunstancia, cuando proceda.
Para la escolarización de niños y niñas con necesidades educativas especiales, se requerirá informe preceptivo de los Equipos de Atención Temprana o de la institución u organismo competente para determinar el grado de discapacidad.
Formularios de solicitud
Modelo de solicitud (Anexo II)
Anexos
Modelo de autorización para recabar datos del domicilio familiar (Anexo III)
Modelo de autorización para recabar datos tributarios (Anexo IV)
Plazos del proceso general de admisión del alumnado de primer ciclo de Educación Infantil (Anexo I)
Plazo normativo para resolver
Cinco meses, desde el anuncio de la convocatoria.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Provincial de Educación correspondiente.
http://escolarizacion.educarex.es/?op=esc3-2
í?rgano gestor
SECRETARíA GENERAL DE EDUCACIí?NAVDA. VALHONDO, S/N EDIF. III MILENIO Mí?DULO 5
06800 MERIDA
sgeducacion.eye@gobex.es
924006707 / 924006764
Trámites relacionados
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