Notificación sobre la utilización de agentes biológicos de los grupos 2, 3 o 4

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Estan obligadas a realizar este notificación las empresas que utilicen por primera vez agentes biológicos de los grupos establecidos legalmente.

Requisitos

  • Estan obligadas a realizar este notificación las empresas que utilicen por primera vez agentes biológicos de los grupos 2,3 y 4.
  • Asimismo, se notificará, previamente, la utilización por primera vez, de cualquier agente biológico del grupo 4, así como de cualquier nuevo agente biológico que haya sido asmimilado por el empresario al grupo 3.
  • No obstante, a los laboratorios que efectúen servicios de diagnóstico relacionados con agentes biológicos del grupo 4 se les exigirá únicamente la notificación inicial de tal proposito.
  • Se efectuará una nueva notificación siempre que se introduzcan cambios sustanciales en los procesos o procedimientos de trabajo cuyas repercusiones en las condiciones de seguridad y salud invalidan la notificación anterior.

Documentación

  • Solicitud
  • La notificación deberá incluir la siguiente información:

  1. Nombre y dirección de la empresa o centro de trabajo.
  2. Nombre y formación de la persona o personas con responsabilidades en materia de prevención en la empresa.
  3. El resultado de la evaluación mencionada en el artículo 4º.
  4. La especie del agente biológico.
  5. Las medidas de prevención y protección previstas.

Modelo de solicitud ( 59.5 Kb)

Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes

    La comunicación debe realizarse a la autoridad laboral con carácter previo, con una antelación mínima de TREINTA DIAS.

Más información

  • Normativa:

    Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):

    No tiene

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Concepción Miranda Moreno

    Asistencia técnica


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Calle El Mazo 11, 26200, Haro

    Servicio de Comercio

    Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada

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    Calle República Argentina 68, 26006, Logroño

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    Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño

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    Expansión
    EFE Emprende
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