Inscripción de los Jóvenes en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Inscripción de los Jóvenes en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

    Objeto del trámite

    Reducir el desempleo juvenil mediante una serie de medidas impulsadas para la mejora de la Intermediación y la Empleabilidad y el Fomento de la Contratación y el Emprendimiento de los jóvenes desempleados, que reúnan los requisitos para ser beneficiarios.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Personas jóvenes de entre 16 y 24 años, o hasta 30 años si tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, que reúnan los requisitos indicados en el apartado siguiente. Además, los mayores de 25 años y menores de 30 cuando, en el momento de solicitar la inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la tasa de desempleo de este colectivo sea igual o superior al 20 por ciento, según la Encuesta de Población Activa correspondiente al último trimestre del año.

    Requisitos

    - Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
    - Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.
    - Tener más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años, en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, en el momento de solicitar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Además, los mayores de 25 años y menores de 30 cuando, en el momento de solicitar la inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la tasa de desempleo de este colectivo sea igual o superior al 20 por ciento, según la Encuesta de Población Activa correspondiente al último trimestre del año.
    - No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
    - No haber recibido acciones educativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
    - No haber recibido acciones formativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
    - Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil. En el caso de los demandantes de empleo bastará con su inscripción en los servicios públicos de empleo.
    Asimismo, la inscripción o renovación como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo puede implicar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos indicados y con el consentimiento del joven.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    La inscripción en el Registro Nacional de Garantía Juvenil se puede realizar desde julio de 2014 de forma continuada.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    Unicamente en los casos de exclusión social y/o discapacidad presentarán la solicitud de forma presencial en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración General del Estado, de las CCAA y de las Entidades establecidas en la normativa reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como son:
    - Los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
    Asimismo, la inscripción o renovación como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo puede implicar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos indicados y con el consentimiento del joven.

    Por internet

    A través del enlace correspondiente:

    https://garantiajuvenil.sepe.es/login.action?request_locale=es

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    1.- Únicamente en los casos de personas con riesgo de exclusión social o discapacidad reconocida podrán inscribirse de forma presencial mediante la presentación del formulario "Solicitud de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía
    Juvenil".
    Al formulario le acompañarán los certificados que acrediten la discapacidad reconocida igual o superior al 33%, o el riesgo de exclusión social, expedidos por los servicios sociales.
    2.- Los jóvenes interesados en iniciar la inscripción telemática que no dispongan de identificación electrónica podrán solicitar su usuario y contraseña cumplimentando el formulario "Solicitud de usuario y contraseña".

    Impresos asociados

    Solicitud de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

    Solicitud de usuario y contraseña (garantía juvenil)

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    1 Una vez cumplimentado el formulario se presentará en las oficinas de registro de la administración General del Estado, de las CCAA y de las Entidades establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
    2.- Si mediante la solicitud de inscripción a través de formulario no se acreditan los requisitos se requerirá a la persona interesada para que proceda a su subsanación.
    3.- Una vez comprobado por el Ministerio Empleo y Seguridad Social que el solicitante reúne los requisitos básicos de la
    Garantía juvenil, se resolverá la solicitud con la inscripción en el fichero habilitado, lo que se comunicará al interesado.
    En caso contrario se desestimará su solicitud, comunicándose dicha circunstancia.
    Asimismo, la inscripción o renovación como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo puede implicar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos indicados y con el consentimiento del joven.

    Recursos que proceden contra la resolución

    La Dirección General del Ministerio de Empleo y Seguridad Social que tenga atribuidas las competencias para la administración del Fondo Social Europeo, será el órgano encargado de resolver acerca de la inscripción en el fichero habilitado.
    La inscripción en el fichero pone fin al procedimiento de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Contra las resoluciones del órgano responsable del fichero podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaria de Estado de Empleo, en la forma y los plazos previsto en el articulo 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    https://garantiajuvenil.sepe.es/login.action?request_locale=es

    Tramitación

    La inscripción de forma telemática se podrá realizar de dos formas:
    1. Accediendo al registro con DNI electrónico o certificado, que es la forma más sencilla.
    La inscripción telemática no exige presentar ninguna documentación, si bien, los jóvenes beneficiarios deberán firmar las diferentes declaraciones responsables para el alta de la inscripción (declaración de compromiso de participación activa, declaración responsable de estudios y formación, y declaración responsable de empadronamiento).
    2. Accediendo con usuario y contraseña:
    - Los jóvenes interesados en iniciar la inscripción telemática que no dispongan de identificación electrónica podrán solicitar su usuario y contraseña cumplimentando el formulario "Solicitud de usuario y contraseña" y entregándolo en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades establecidas en la normativa reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicadas en el apartado "Lugar de presentación".
    - Después de entregar el impreso, el interesado recibirá por correo electrónico la comunicación de su código de activación que deberá introducir en el enlace "Activar usuario" situado en la página de acceso al Sistema para obtener su contraseña.
    - Posteriormente podrá inscribirse telemáticamente.

  • Información complementaria

    Obligaciones

    Cumplir los requisitos establecidos para ser beneficiario, inscribirse accediendo al fichero del Sistema de Garantía Juvenil y el compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil.

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (BOE nº 150, de 23/06/07).
    - Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (BOE nº 163, de 05/07/14).
    - Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (BOE nº 252, de 17/10/14).
    - Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social (BOE n.º 180, de 29/07/15).
    - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).
    - Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (BOE núm. 310, de 24/12/2016).

    Lista de normativa

    Ver Ley 11/2007, de 22 de junio

    Ver Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio

    Ver Ley 18/2014, de 15 de octubre

    Ver Ley 25/2015, de 28 de julio

    Ver Ley 39/2015, de 1 de octubre

    Ver Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

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Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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