Derecho de superficie sobre bienes inmuebles constituido por Entidades Locales
Objeto
-
- Autorización o toma de razón del derecho de superficie sobre bienes inmuebles constituido por Entidades Locales
- A quién está dirigido:
- Administración Local
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
-
- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
-
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Certificación del Registro de la Propiedad acreditativa de que los bienes inmuebles se hallan debidamente inscritos en concepto de patrimoniales de la entidad local
- Certificación por quien ostente la Secretaría de la Corporación en la que conste que los bienes figuran en el inventario aprobado por la Corporación con la calificación de patrimonial
- Dictamen suscrito por personal técnico de la Corporación que acredite que los bienes no están comprendidos en ningún plan de ordenación, reforma o adaptación, vigentes o en tramitación, que los haga necesarios al ente local
- Certificación por quien ostente la Secretaría de la Corporación donde se acredite que el expediente ha estado expuesto a información pública por un plazo no inferior a 20 días y su resultado
- Certificación del acuerdo plenario en el que se apruebe el derecho de superficie
- Informe de la Intervención de Fondos sobre el importe al que ascienden los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación
- Informe de Secretaría
- Certificación acreditativa de la condición de entidad privada sin ánimo de lucro
- Memoria justificativa
- Pliegos de condiciones que han de regir la contratación
- Informes preceptivos de los pliegos
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Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Administración Local
Quién resuelve
-
- Órgano que resuelve:
- Viceconsejería de Administraciones Publicas y Transparencia
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Estimatorio
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
-
Normativa autonómica
Decreto 8/2015, de 5 de febrero, de agilización y modernización del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias (BOC nº 28 de 11.02.2015)
Normativa estatal
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas (BOE nº 264 de 4 de noviembre)
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
4224
-
Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220885
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Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife
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Oficina de Empleo de Arucas
Calle Médico Anastasio Escudero Ruíz 1, 35400, Arucas
Oficina de Empleo de Gran Tarajal
Calle Maxorata 18, 35627, Tuineje
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Avenida José Aguiar s/n, 38071, San Sebastián de la Gomera
Tel. 922141558