Ayudas para la adquisición de libros de texto
Ayudas a la adquisición de libros de texto para alumnos que cursen estudios en Educación Primaria (1º, 2º), en Educación Secundaria Obligatoria (1º, 2º, 3º o 4º) en centros docentes sostenidos con fondos públicos, en el curso 2019/2020.
Requisitos
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución, los representantes legales de los alumnos matriculados en cualquiera de los cursos referidos en el apartado segundo de la presente resolución, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso 2019/2020.
Requisitos
Para ser beneficiario de estas ayudas los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- El alumno debe estar matriculado en alguno de los cursos establecidos en el apartado segundo de la convocatoria.
- La renta per cápita de la unidad familiar del ejercicio 2018. Se aplicará solo para las ayudas de carácter general (Tipo 1, Tipo 2 y Tipo 3) y los umbrales son los establecidos en la definición de dichos tipos de ayudas.
- El rendimiento de capital mobiliario del ejercicio 2018. Se aplicará solo para las ayudas de carácter general y no podrá superar el importe anual de 4.000 euros.
- d. Haber adquirido los libros, cuyo gasto se financia mediante dichas ayudas, en algún establecimiento o punto de venta autorizado para ello, con la correspondiente clasificación profesional y que tenga como una de sus actividades empresariales la venta de libros de texto.
- Tener residencia efectiva en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Para la obtención de las ayudas calificadas de carácter especial (denominadas de Tipo 4) sus tutores deberán ser perceptores de la ?Renta de ciudadanía de La Rioja? en el año 2018, conforme a los criterios marcados por la Consejería competente en materia Servicios Sociales.
Para el cálculo de los importes a los que se hacen referencia en los apartados b y c, se tendrá en cuenta lo indicado en el apartado Décimo de la presente resolución.
Cuantía de las ayudas
Con carácter general y en función del tramo de renta per cápita en el que se encuentre el solicitante, las ayudas máximas a conceder serán las siguientes:
i. Tipo 1: En el supuesto en que la renta per cápita sea inferior o igual a 4.000 euros
- 175 euros para la Educación Primaria
- 250 euros para la E.S.O.
- 120 euros para FP Básica
ii. Tipo 2: En el supuesto en que la renta per cápita sea superior a 4.000 euros e inferior o igual a 8.000 euros:
- 145 euros para la Educación Primaria
- 200 euros para la E.S.O.
- 95 euros para FP Básica
iii. Tipo 3: En el supuesto en que la renta per cápita sea superior a 8.000 euros e inferior o igual a 12.000 euros
- 100 euros para la Educación Primaria
- 150 euros para la E.S.O.
- 70 euros para FP Básica.
Con carácter especial: para los alumnos cuyos tutores sean perceptores de la ?Renta de ciudadanía de La Rioja? en el año 2018, se les concederá también el importe de las de Tipo 1 pero se les denominará como Tipo 4 para su diferenciación.
- 175 euros para la Educación Primaria
- 250 euros para la E.S.O.
- 3. 120 euros para FP Básica
En este caso los solicitantes no tienen que cumplir los requisitos establecidos en el apartado sexto, letras b y c.
El importe de las ayudas no podrá superar el coste real de la adquisición de los libros de texto en dichos niveles de enseñanza.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
- Alfaro
- Arnedo
- Calahorra
- Ezcaray
- Haro
- Logroño
- Nájera
Aportación de documentos: junto con la solicitud.
La firma de la Solicitud por el representante del alumno dará lugar a la autorización a consultar los datos necesarios para la valoración de la misma.
En caso de no autorizar, se precisará la oposición expresa e individual de los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años (a fecha 31/12/2018), ver apartado 6 de la solicitud. Las oposiciones a consultar datos precisarán que los interesados adjunten la documentación expedida por el órgano cedente de la información a la que se oponen.
Junto con la solicitud se aportará la siguiente documentación:
- Libro de familia
- Sentencia de separación o divorcio, si procede
- Certificado de defunción, si procede
- Certificado expedido por la Hacienda Foral de los ingresos, del año 2018. SOLO para aquellos que tributen en TERRITORIOS FORALES
- Volante de empadronamiento o documento equivalente donde consten todos los miembros de la unidad familiar a fecha 31 de diciembre de 2018. SALVO para los empadronados en las siguientes localidades:
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Solicitud ayuda libros de texto ( 48.1 Kb)
Autorización de ingreso en la cuenta del centro (ANEXO VI) ( 47 Kb)
Ficha de alta de terceros ( 105.7 Kb)
Cambio de medio de notificación ( 76.4 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica: desde el botón Tramitar. En este momento serán rederigidos a la Secretaría Virtual de RACIMA, desde donde se GRABARÁ la SOLICITUD.
De forma presencial a través de:
- Preferentemente, en la Secretaría del Centro Escolar correspondiente
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja
El plazo comienza el 27 de mayo y finaliza el 7 de junio de 2019
- Plazo de resolución y notificación
El plazo para resolver y publicar la resolución de concesión de la subvención será de seis meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Transcurrido dicho plazo, sin que se haya notificado resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.
Más información
- Normativa:
Orden EDU/39/2018, de 20 de junio, por la que se regula el programa de gratuidad de libros de texto y las ayudas destinadas a financiar la adquisición de libros de texto, en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de carácter obligatorio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución de 16 de mayo de 2019, Resolución de convocatoria de ayudas a la adquisición de libros de texto, curso 2019/2020
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante éste mismo órgano en el plazo de UN MES desde el día siguiente a su notificación; o directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO en el plazo de DOS MESES desde el día siguiente a su notificación ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Cultura
- Órgano competente: Dirección General de Educación
- Unidad tramitadora: Servicio de Enseñanza Concertada
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Enseñanzas Concertadas y Subvenciones Educativas
- Azucena Crespo del Rincón
- Begoña Pérez Herreros
- Ana Tovar Sáenz
Teléfono de información de Educación: 941 291 660
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño