AUTORIZACIÓN O AMPLIACIÓN DE APROVECHAMIENTOS DE RECURSOS DE LA SECCIÓN A)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Finalidad

Autorizar la explotación o ampliación de aquellos yacimientos pertenecientes a la Sección A) de la ley 22/1973 de Minas; es decir, aquellos cuyo aprovechamiento sea el obtener fragmentos para su utilización directa o los de escaso valor económico y comercialización restringida.

Destinatarios

Son destinatarios del procedimiento todas aquellas personas físicas y jurídicas que, reuniendo los requisitos de capacidad que establece el Título VIII de la Ley 22/73 de Minas, soliciten el derecho a la explotación de los recursos incluidos en la Sección A).

Plazo de presentación

Durante todo el año

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Real Decreto Legislativo 1303/1986, de 28 de junio, sobre el Tí­tulo VIII de la Ley 22/73, de Minas, (BOE nº 155, de 30-06-1986)

Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyecto (BOE número 23 de 26/1/2008)

Ley 22/1973, de 21 de julio, de la Jefatura del Estado, de Minas. (BOE nº 176, de 24/07/1973)

Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, del Ministerio de Industria y Energí­a, sobre Restauración del Espacio Natural afectado por actividades mineras. (BOE nº 285, de 28/11/1984)

Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (BOE nº 140, de 12 de junio)

Real Decreto 107/95, de 27 de enero por el que se fijan criterios de valoración para configurar la Sección A) de la Ley de Minas. (BOE 17.02.95)

Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, del Ministerio de Industria y Energí­a, por el que se aprueba el Reglamento General para el R égimen de la Minerí­a. (BOE nº 295 y 296, de 11 y 12/12/1978)

Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de la Jefatura del Estado, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energ éticos. (BOE nº 280, de 21/11/1980)

Orden de 20 de noviembre de 1984, del Ministerio de Industria y Energí­a, por la que se desarrolla el Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, sobre Restauración del Espacio Natural afectado por actividades mineras. (BOE nº 285, de 28/11/1984)

Decreto 45/1991, de 16 de abril, de Medidas de Protección del Ecosistema (DOE nº 31 25 Abril 1991)

Plazo normativo para resolver

Tres meses.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de Alzada ante el/la Director/a General.

- Que se haya puesto de manifiesto un recurso de la sección A).
- Que el producto no se transforme.
- Tener derecho al aprovechamiento.
- Cumplir lo establecido en el Título VIII de la Ley de Minas para poder ser titular de derechos mineros.

El requisito para que un recurso sea clasificado dentro de la Sección A) es que se den cualquiera de estas circunstancias:
a) Que el único aprovechamiento sea obtener fragmentos de tamaño y forma apropiados para su utilización directa en obras de infraestructura, construcción y otros usos que no exijan más operaciones que las de arranque, quebrantado y calibrado.

b) Que se den conjuntamente los siguientes hechos:
- Las ventas del producto no deben alcanzar los 601.012,10 euros.
- Número de obreros empleados no superior a diez.
- Ámbito de comercialización de 60 Km. de los límites del término municipal de la explotación conjuntamente

Modelo de solicitud acompañado de:
-Documento acreditativo de reunir las condiciones para poder ser titular de derechos mineros.
-Documento acreditativo del derecho al aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos de propiedad privada.
-Documento que acredite el derecho al aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos patrimoniales del Estado, provincia o municipio, o en terrenos de dominio público y su explotación se haga por cesión de derechos o autorizaciones, en su caso, de la autoridad que los administre.
-Proyecto de Explotación y plano de ubicación.
-Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Restauración Ambiental.
-Documento de Seguridad y Salud.

En caso de no autorizar la correspondiente comprobación de oficio,
-Fotocopia compulsada del D.N.I. del representante legal.

Real Decreto Legislativo 1303/1986, de 28 de junio, sobre el Tí­tulo VIII de la Ley 22/73, de Minas, (BOE nº 155, de 30-06-1986)

Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyecto (BOE número 23 de 26/1/2008)

Ley 22/1973, de 21 de julio, de la Jefatura del Estado, de Minas. (BOE nº 176, de 24/07/1973)

Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, del Ministerio de Industria y Energí­a, sobre Restauración del Espacio Natural afectado por actividades mineras. (BOE nº 285, de 28/11/1984)

Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (BOE nº 140, de 12 de junio)

Real Decreto 107/95, de 27 de enero por el que se fijan criterios de valoración para configurar la Sección A) de la Ley de Minas. (BOE 17.02.95)

Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, del Ministerio de Industria y Energí­a, por el que se aprueba el Reglamento General para el R égimen de la Minerí­a. (BOE nº 295 y 296, de 11 y 12/12/1978)

Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de la Jefatura del Estado, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energ éticos. (BOE nº 280, de 21/11/1980)

Orden de 20 de noviembre de 1984, del Ministerio de Industria y Energí­a, por la que se desarrolla el Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, sobre Restauración del Espacio Natural afectado por actividades mineras. (BOE nº 285, de 28/11/1984)

Decreto 45/1991, de 16 de abril, de Medidas de Protección del Ecosistema (DOE nº 31 25 Abril 1991)

Jefe/a de Servicio Territorial de Badajoz o de Cáceres.

Plazo normativo para resolver

Tres meses.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de Alzada ante el/la Director/a General.

í?rgano gestor

CONSEJERíA DE ECONOMíA E INFRAESTRUCTURAS
PASEO DE ROMA, S/N Mí?DULO B
06800 MERIDA
924005415

Oficinas de la administración

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