Viñedo: Planes de reestructuración o reconversión. MODIFICACIÓN DE LA AYUDA Y RENUNCIA
Se podrán autorizar cambios que se puedan derivar de errores en la identificación de las parcelas o en las superficies de las mismas, que no supongan modificaciones sustanciales de las aprobadas y otros que puedan quedar debidamente justificadas.
Requisitos
Cambios suceptibles:
- Para producirse el pago de la ayuda, los datos de lo registrado, de lo solicitado en la ayuda y de lo ejecutado en campo deben ser coherentes entre sí, por lo tanto, se podrán autorizar cambios que se puedan derivar de errores en la identificación de las parcelas o en las superficies de las mismas, que no supongan modificaciones sustanciales de las aprobadas y otros que puedan quedar debidamente justificados como son:
a) Cambios en la ubicación de las parcelas finales. Se podrán aceptar cuando se cumpla:
- Que para la nueva parcela se soliciten y aprueben operaciones que ya hayan sido solicitadas y aprobadas para la original.
- Que no implique además el cambio en el titular de la ayuda o que no se hubiera producido anteriormente un cambio en el titular de la ayuda.
- Que todas las operaciones se paguen para la misma parcela.
b) Cambios de fecha de finalización. Se podrán aceptar un solo cambio prorrogando la fecha de finalización a otra campaña pero, dado que la solicitud de pago de la ayuda estaba prevista con cargo a otro ejercicio presupuestario, el pago de estas medidas quedará condicionado a la disponibilidad de fondos en las campañas sucesivas según el orden fijado en el artículo 19. Se podrán autorizar cambios de fecha adelantando la fecha de finalización pero la fecha con la que entrarán en el orden de pagos será la prevista en su solicitud inicial y no la fecha del registro de entrada de la comunicación de finalización.
c) Cambios del titular de una parcela: Se podrán aceptar cambios en el titular de una parcela cuando no supongan alteración de las condiciones para la aprobación del Plan y:
- Que no se haya producido un pago en alguna de las medidas de dicho expediente.
- Que no se aumenten el número de integrantes del plan.
- Que no que impliquen además el cambio de la ubicación de la parcelas finales o que no se hubiera producido anteriormente el cambio en la ubicación de las parcelas finales.
- Que el nuevo viticultor se subroge en los compromisos adquiridos por el viticultor al que se le aprobó el plan en las parcelas subrogadas.
- Todo cambio que se pretenda realizar, en cualquiera de las medidas incluidas en los planes, deberá ser solicitado a la Consejería competente en la materia antes de la comunicación de finalización y solicitud del pago de la ayuda, salvo en los casos de modificaciones para la correccion de errores materiales en el expediente o los pequeños ajustes de superficies y parcelas para hacer corresponder exactamente la solicitud de pago de la ayuda con lo realmente ejecutado en campo.
Documentación
- Solicitud
Nueva ficha individual de reconversión (ya incluida en esta instancia)
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Solicitud de modificación Reconversion viñedo ( 66.5 Kb)
Solicitud de modificación Reestructuración Viñedo ( 89 Kb)
Solicitud de renuncia a la ayuda ( 90 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
- Dirección General/Servicio competente
- El Servicio de Atención al Ciudadano
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
En cualquier momento una vez aprobado el plan.
Más información
- Normativa:
Orden 2/2015 de 19 de enero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se dictan normas para la solicitud y aprobación de planes para la reestructuración y/o reconversión del viñedo y para la solicitud y tramitación de las ayudas en el marco de estos planes en la Comunidad Autónoma de La Rioja
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
- Órgano competente: Dirección General de Desarrollo Rural
- Unidad tramitadora: Servicio de Viñedo
- Cargo que resuelve: Director/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Vicente Carlos Inarejos García
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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