Subvenciones al fomento del envejecimiento activo por parte de los municipios de la región (2015)
Históricas cerradas
Inicio: 01 abril 2015 | Fin: 14 abril 2015Referencia
70030
¿Qué es? >
-
Ayudas para reformar y equipar los hogares y clubes de titularidad municipal, como centros en los que los mayores desarrollan actividades de fomento del envejecimiento activo.
Elperíodo subvencionable
será el comprendido entre el 1 de enero y el 5 de abril de 2015.
¿Quién puede? >
-
1.Ayuntamientos titulares de hogares y clubes de personas mayores
que dispongan de la autorización administrativa correspondiente para los centros para los que se solicite subvención, según lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 11/2002, de 18 de diciembre, de Ordenación de la Actividad de los Centros y Servicios de Acción Social y de Mejora de la Calidad en la Prestación de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, lo que se acreditará de oficio por la unidad administrativa correspondiente de la Consejería de Asuntos Sociales.
Esta autorización deberá estar vigente durante todo el período de tiempo en el que los bienes estén afectados al fin concreto para el que se concedió la subvención y que consta en el artículo 8.4 de la presente Orden.
2. Los Ayuntamientos solicitantes, desde la fecha de presentación de su solicitud y hasta la fecha de finalización del plazo de justificación de la subvención, en el caso de que esta fuera concedida, deberán cumplir los requisitos que se indican a continuación:
a) No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. Los órganos de la Comunidad competentes en materia de concesión de subvenciones se dirigirán a la Consejería de Hacienda para solicitar el certificado que acredite la inexistencia de apremio.
b) No estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, lo que se acreditará mediante la presentación de certificaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, respectivamente.
¿Qué necesitas presentar? >
-
1.Solicitud,
suscrita por el Alcalde-Presidente, acompañada de certificación acreditativa de su nombramiento (ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha).
2. Se podrá consultar el resto de documentación a presentar en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
¿Cómo lo solicito? >
- Trámite no disponible, fuera de plazo.
* Obtención de solicitudes
- En el apartado Gestión de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
- En los Puntos de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid
- En las Oficinas de Atención al Ciudadano
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
b) Por Internet:
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
En el apartado Gestión de esta página, se encuentra la opción Internet que le permite incorporar la solicitud y documentos necesarios, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa competente para su tramitación. En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de expedientes, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a expedientes en estado de tramitación.
Normativa Aplicable >
-
* Orden 415/2015, de 24 de marzo, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones al fomento del envejecimiento activo por parte de los municipios de la región y se convoca su concesión para el año 2015 (BOCM nº 76, de 31 de marzo)
Órgano Responsable >
-
Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad
D.G. de Atención al Mayor y a la Dependencia
Plazos y efectos del silencio administrativo >
-
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Gestión
Información relacionada
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio
Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid
Tel. 914382275
D.G. de Industria, Energía y Minas
Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid
Tel. 915802100
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid
Tel. 917208002
Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia
Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid
Tel. 913925526
D.G. de Trabajo
Calle Princesa 5, 28008, Madrid
D.G. de Administración Local (CABRERA)
Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La
Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste
Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba
D.G. de Vivienda y Rehabilitación
Calle Braganza S/N, 28025, Madrid
Tel. 915804474
D.G. de Transportes
Calle Orense 60, 28020, Madrid
Tel. 915802898
D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano
Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid
D.G. de Función Pública
Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid
D.G. de Emergencias
Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las
Tel. 914207642
En esta página
- Referencia
- ¿Qué es? >
- período subvencionable
- ¿Quién puede? >
- Ayuntamientos titulares de hogares y clubes de personas mayores
- ¿Qué necesitas presentar? >
- Solicitud,
- ¿Cómo lo solicito? >
- * Obtención de solicitudes
- Normativa Aplicable >
- Órgano Responsable >
- Plazos y efectos del silencio administrativo >
- Gestión
- Información relacionada
- Trámites relacionados
- Oficinas de la administración