Subvenciones a la promoción de Organizaciones Sindicales en Castilla y León (2016)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramitación electrónica

Fecha de publicación:

6 de mayo de 2016

BDNS (Identificador):

305274

Objeto:

Convocar para el año 2016, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones, destinadas a la realización de actividades de promoción socio laboral, sindical y de formación de los trabajadores o cualesquiera otras que estén dentro de los fines propios de las Organizaciones Sindicales. Estas ayudan tienen por finalidad colaborar con los agentes sociales, en la financiación del desarrollo de actividades de promoción socio laboral, sindical, formativas y cualesquiera otras dentro de los fines que le son propios, por cuanto que estas actividades repercuten positivamente, no sólo en los trabajadores, sino también en el contexto sociolaboral.

¿Quién lo puede solicitar?:

Sindicatos, federaciones o confederaciones sindicales, con implantación en Castilla y León, que acrediten estar inscritos en el correspondiente registro.

¿Para qué es la ayuda?:

Las subvenciones irán destinadas a la realización, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de actividades de Promoción sociolaboral, sindical y de formación de los trabajadores o cualesquiera otras que estén dentro de los fines propios de las Organizaciones Sindicales.
Serán gastos subvencionables los de personal, gastos corrientes y de prestación de servicios, las inversiones nuevas y de reposición, siempre que el coste de estas no sobrepase el 30% del total de la subvención concedida, que se deriven de las actividades que amparan esta subvención. Serán susceptibles de financiación los gastos que se lleven a cabo a partir del día 1 de junio de 2015 hasta el 31 de mayo de 2016.

Cuantía:

  • Conocido el nº total de representantes obtenidos por ámbito territorial por todas las entidades solicitantes, el importe total del crédito previsto en la convocatoria, se distribuirá entre ellas en proporción al porcentaje de participación que ostenten.
  • En ningún caso la subvención a favor de un beneficiario superará los 57.462 ?.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud en modelo normalizado dirigida a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

DOCUMENTACIÓN a presentar (127 kbytes)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 7 de mayo de 2016 hasta el 6 de junio de 2016

Más Detalles:

30 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del extracto la convocatoria en el ?Boletín Oficial de Castilla y León?.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

?Electrónico:

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Servicio de Relaciones Laborales

Que resuelve:

Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de SEIS MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazopara la presentación de solicitudes, transcurrido el cual, sin haberse dictado y notificado resolución expresa, se entenderán desestimadas por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

Justificación y pago

  • Las Organizaciones Sindicales beneficiarias, deberán acreditar la realización de las actividades, objeto de esta subvención, presentando de forma electrónica la documentación requerida en la convocatoria. Se fija como fecha límite de justificación el 30 de junio de 2016.
  • Se podrá otorgar un anticipo, que no podrá superar el 50% del importe de la subvención concedida. El anticipo deberá ser solicitado por el beneficiario en el momento de presentación de la solicitud.
  • La liquidación de la subvención se realizará por la cantidad que resulte de deducir el anticipo recibido, en su caso, de la cuantía debidamente justificada y fiscalizada previa justificación por el beneficiario del cumplimiento de las condiciones establecidas.

Compatibilidad

  • Estas ayudas son incompatibles con las subvenciones nominativas consignadas en los Presupuestos de la Comunidad de Castilla y León para 2016.

Resolución. Beneficiarios:

Beneficiarios 2015: Orden EMP/493/2016 (13-06-2016) (995 kbytes)


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