Registro de Clasificadores de canales de vacuno
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Referencia
38910 -
¿Qué es?
Inscripción de clasificadores de canales de vacuno en los mataderos autorizados en la Comunidad de Madrid, por parte de técnicos autorizados para realizar dichas tareas de clasificación.
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¿Quién puede?
Los clasificadores deben estar en posesión del Diploma de Autorización como Clasificador de Canales de Vacuno expedido por la autoridad competente en la materia en cualquier Comunidad Autónoma.
Los Clasificadores que vayan a desarrollar su actividad en algún matadero del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, deberán presentar una carta de conformidad de dicho matadero para su anotación como Clasificador en Activo en este Registro Autonómico.
Para renovar la autorización y a efectos de su reciclaje, los clasificadores tendrán la obligación, de participar en un curso de carácter selectivo que constará de una fase teórica y otra práctica desarrollada sobre un mínimo de cuarenta canales, al menos una vez cada cuatro años, y acreditar esta circunstancia ante el Registro.
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¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que el interesado expresamente lo desautorice, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. -
Tramitación
El artículo 9 del Real Decreto 225/2008, de 15 de febrero, establece que las comunidades autónomas crearán un registro con los clasificadores autorizados en su ámbito territorial, identificados por un número de registro individual.
En España están obligados a clasificar todos los mataderos autorizados, independientemente del volumen de sacrificio. La clasificación de canales debe ser realizada por técnicos cualificados propuestos por la empresa gestora del matadero que hayan obtenido autorización por la autoridad competente. La autorización será válida para todo el territorio nacional.
Los técnicos autorizados deberán estar dados de alta en un registro de ámbito autonómico, e identificados con una clave individual, que servirá como clave para identificar las canales clasificadas por cada clasificador en cada sesión de trabajo.
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Presentación de solicitudes
En el apartado Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse tramitar, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. -
Normativa aplicable
* Real Decreto 225/2008, de 15 de febrero, por el que se completa la aplicación del modelo comunitario de clasificación de canales de vacuno pesado y se regula el registro de precios de mercado. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
* Reglamento (CE) 103/2006, de la Comisión por el que se establecen disposiciones complementarias para la aplicación del modelo comunitario de clasificación de canales de bovinos pesados.
* Reglamento (CE) 1234/2007, del Consejo de 22 de octubre, por el que se crea una OCM agrícolas y se establen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas.
* Reglamento (CE) 1249/2008 de la Comisión de 10 de diciembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a los modelos comunitarios de clasificación de canales de vacuno, porcino y ovino y a la comunicación de sus precios.
* Resolución de 10 de diciembre de 2009, del Director General del Medio Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 308 de 29 de diciembre)
- Órgano responsable
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Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Gestión
Trámites relacionados
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