Procedimiento Sancionador de Pesca Marina y Comercialización.
Procedimiento Sancionador de Pesca Marina y Comercialización.
Consejería:
Consejería de Medio Rural Pesca y Alimentación
Dirección General:
Dirección General Pesca y Alimentación
Descripción:
Asegurar la correcta aplicación del ordenamiento en materia pesquera, dentro de aguas interiores.
Tipo procedimiento:
Sancionador
Tipo de Inicio:
De oficio
Tipo de destinatario:
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Requisitos:
Denuncia donde consten los hechos constitutivos de infracción administrativa.
Documentación:
Pliego de denuncia de los agentes de pesca.
Tasa/Precio público:
No
Fecha:
23 de julio del 2010
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Actividades Pesqueras / Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca (BOC nº 60, de 27.03.2000).
í?rgano resuelve / Norma atributiva:
El Director General de Pesca y Alimentación para las infracciones leyes y graves, y el Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación para las muy graves / Ley de Cantabria 7/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (BOC nº 260, de 30.12.1997).
Plazo de resolución:
6 meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Caducidad
Vía administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes / Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación para las infracciones leves y graves, y el Consejo de Gobierno para las muy graves.
Normativa:
Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.Ley de Cantabria 7/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (BOC nº 260, de 30.12.1997 y BOE nº33, de 7 de febrero de 1998).Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (BOE 189, de 9 de agosto de 1993).
Información al ciudadano:
Las infracciones administrativas prescriben en el plazo de 3 años las muy graves, de 2 años las graves y 6 meses las leves.Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
- Enlace:
- http://www.boe.es/boe/dias/2001/03/28/pdfs/A11509-11532.pdf
- http://www.boe.es/boe/dias/1998/02/07/pdfs/A04488-04508.pdf
- http://www.boe.es/boe/dias/1993/08/09/pdfs/A24050-24056.pdf
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