Enajenación, permuta y gravamen de inmuebles de las Corporaciones Locales, así como la adjudicación directa de sus terrenos si su valor excede del 25 por 100 de los recursos ordinarios de su presupuesto
Plazo indefinido ckFechas
Referencia
2048¿Qué es?
Comunicación de las enajenaciones, permutas, cesiones y gravamen de los bienes inmuebles, patrimoniales propiedad de las Corporaciones Locales.
¿Quién puede?
1. Iniciación del expediente por el órgano competente (en autorización, ya que es previa).
2. Aprobación del expediente.¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud, Ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
Fotocopia del expediente o certificado expedido por el Secretario de la Corporación sobre:
2. Calificación jurídica del bien (patrimoniales).
3. Inscripción en el Registro de Bienes Municipal y Registro de la Propiedad.
4. Valoración fehaciente.
5. Certificado acuerdo aprobatorio con expresión de quórum.
6. Para las permutas: además, Certificación del Secretario en el que se exprese que no tengan diferencia superior al 40% del valor superior y Memoria justificativa.
7. Cesiones: Certificado del Secretario referido al cumplimiento de los requisitos del artº. 110 del Reglamento de Bienes.
8. Ventas: además, Pliegos de condiciones.Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Tramitación
- En las comunicaciones se examina la documentación; si falta algo se pide y si no, se contesta.
- En las autorizaciones se solicita informe a la Dirección General de Suelo en cuanto a valoraciones y en su caso a aspectos urbanísticos.
Plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa
Resolución 3 meses.Plazo de solicitud de la convocatoria
Lo solicitan los Ayuntamientos (no hay plazo determinado).
Obtención y presentación solicitudes documentación
- En el apartado ?Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
a) Por Internet (Ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero. Información complementaria
- Venta directa a los colindantes de parcelas sobrantes.
- Venta cesión o adjudicación derecho superficie cuando la valoración sea menor al 25% de los recursos ordinarios del presupuesto municipal.
- Autorización previa a las enajenaciones, permutas y cesiones, cuando el valor de los bienes exceda del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto municipal.
- Autorización venta cesión o adjudicación derechos de superficie cuando exceda del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto municipal.
- Autorización adjudicación directa derechos de superficie cuando supere el 25% de los recursos ordinarios del presupuesto municipal.
- Autorización de la venta directa a los colindantes, de parcelas sobrantes de vía pública, cuando el valor de los bienes exceda del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto.Normativa aplicable
* Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, artº. 79 a 83 (BOE nº 80, de 3 abril).
* Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid en especial artº. 178 y 179 ( BOCM nº 177, de 27 de julio ).
* Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril. Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, artº- 74 a 87 (BOE nº 96, de 22 abril y BOE nº 97 de 23 abril).
* Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, artº. 92 al 119 (BOE nº 161, de 7 julio).
- Órgano responsable
- Plazos y efectos del silencio administrativo
- PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Gestión
Solicitud
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio
Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid
Tel. 914382275
D.G. de Industria, Energía y Minas
Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid
Tel. 915802100
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid
Tel. 917208002
Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia
Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid
Tel. 913925526
D.G. de Trabajo
Calle Princesa 5, 28008, Madrid
D.G. de Administración Local (CABRERA)
Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La
Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste
Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba
D.G. de Vivienda y Rehabilitación
Calle Braganza S/N, 28025, Madrid
Tel. 915804474
D.G. de Transportes
Calle Orense 60, 28020, Madrid
Tel. 915802898
D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano
Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid
D.G. de Función Pública
Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid
D.G. de Emergencias
Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las
Tel. 914207642
En esta página
- Referencia
- ¿Qué es?
- ¿Quién puede?
- ¿Qué necesitas presentar?
- Tramitación
- Plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa
- Plazo de solicitud de la convocatoria
- Obtención y presentación solicitudes documentación
- ) Por Internet (Ver cómo tramitar)
- Información complementaria
- Normativa aplicable
- Gestión
- Trámites relacionados
- Oficinas de la administración