Creación “EX-NOVO” de un COLEGIO PROFESIONAL
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Objeto:
Atribución de personalidad jurídica a la Corporación Pública que se crea.
¿Quién lo puede solicitar?:
Los profesionales interesados en la creación de un nuevo Colegio Profesional
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud, mediante escrito razonado en el que figure, debidamente autenticada, la firma de los profesionales interesados.
Relación de firmas de los proponentes, acreditada por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, con expresión de su nombre, apellidos, número de documento nacional de identidad y domicilio profesional.
Los profesionales interesados deberán acompañar documentos acreditativos de que se hallan en posesión del título oficial exigido para dicho ejercicio profesional.
Plan de estudios o temario del título oficial que sirva de cobertura a la profesión, certificado por la institución pública que lo otorgue o reconozca.
Relación de las personas habilitadas para el ejercicio de la actividad profesional de que se trate y lugar en el que ejerce su actividad profesional.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Abierto de forma permanente.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
- Se excluye presentación por Telefax.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano que resuelve:
Plazo de resolución:
- 3 MESES.
Notificación:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- Publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Recursos:
Reposición.
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- LEY 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales (BOE 15-02-1974).
- LEY 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León (BOCyL 10-07-1997).
- DECRETO 26/2002, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Castilla y León (BOCyL 27-02-2002)
Información adicional:
- La Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero competente, remitirá a las Cortes Regionales el Proyecto de Ley.
- Una vez aprobada la Ley se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León y el órgano gestor practicará las inscripciones que procedan en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia
Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia
Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca
Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes
Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Plaza Herrasti 1, 37500, Ciudad Rodrigo
Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León
Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún
Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Calle Clemente Velasco 50-80, 37500, Ciudad Rodrigo
Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos
Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano
Equipo General Villafranca del Bierzo
Avenida Paradaseca 7, 24500, Villafranca del Bierzo
Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca
Paseo Lunes de Aguas S/N, 37008, Salamanca
Gerencia de Atención Especializada de Miranda de Ebro (Hospital Santiago Apostol)
Calle Orón S/N, 09200, Miranda de Ebro
Unidad Veterinaria de Castrojeriz-Burgos
Calle Arco Sardina S/N, 09110, Castrojeriz
Gerencia de Servicios Sociales Residencia Asistida de Segovia
Carretera De Soria-Plasencia Km. 193,4, 40002, Segovia
Sección Agraria Comarcal de Lerma-Burgos
Calle Góngora 1, 09340, Lerma
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