Concurso de Méritos para la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras (Grupo A/B/C)
Referencia
1016055
¿Qué es? >
* Fecha de publicación en el BOCM
10 de noviembre de 2016
* Proceso Selectivo: Concurso de Méritos.
* Plazas convocadas: 6.
* Normativa aplicable: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.- 1 Sec. Técnica I. Nivel 25. Grupo A/B
.
(nº puesto de trabajo: 4447). Dirección del Área Económica y de Promoción y Rehabilitación. Subdirección General Proyectos y Obras.
- 1 Neg. Archivo. Nivel 20. Grupo B/C.
(nº puesto de trabajo: 25437). Secretaría General. Subdirección General Coordinación Administrativa.
- 1 Neg. Tramitación. Nivel 20. Grupo B/C.
(nº puesto de trabajo: 31042). Dirección del Área Económica y de Promoción y Rehabilitación.
- 1 Subsec. Contratación IV. Nivel 22. Grupo B/C.
(nº puesto de trabajo: 35862). Secretaría General. Subdirección General Coordinación Administrativa.
- 1 Neg. Régimen Interior. Nivel 20. Grupo B/C.
(nº puesto de trabajo: 36490). Secretaría General. Subdirección General Coordinación Administrativa.
- 1 Subsec. Gestión Económico-Financiera. Nivel 22. Grupo B/C.
(nº puesto de trabajo: 36520). Dirección del Área Económica y de Promoción y Rehabilitación.Calendario de actuaciones
:15/02/2017 Resolución de convocatoria
Orden de 3 de febrero de 2017 (BOCM nº 39, de 15 de febrero)08/02/2017 Relación definitiva de admitidos y excluidos
(Ver listados en el apartado Gestión/listados, en la columna derecha de esta ficha)23/12/2016 Relación provisional de admitidos y excluidos
(Ver listados en el apartado Gestión/listados, en la columna derecha de esta ficha)* Reclamaciones: Desde el 27 de diciembre de 2016 al 10 de enero de 2017
¿Quién puede? >
- 1. Podrán participar en este procedimiento los
funcionarios
que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
2. Los funcionarios en situación de servicio activo podrán participar si, en la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido (excepciones a consultar en la propia orden de convocatoria, en Normativa aplicable).
3. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
4. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.
* Méritos:
Se podrán consultar en el apartado información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
¿Qué necesitas presentar? >
- 1.
Solicitud
, (Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).
2. En el caso de que los interesados hayan desempeñado puestos de trabajo con carácter definitivo en otras Administraciones Públicas en los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la convocatoria, certificado emitido por el Registro de Personal de la Administración correspondiente.
3. Documentación, original o copia cotejada, acreditativa de los méritos, preferentes y no preferentes, que se aleguen.
4. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal).
5. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado Gestión impresos, en la columna derecha de esta ficha.
** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.
¿Cómo lo solicito? >
- Trámite no disponible, fuera de plazo.
* Recogida
Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha.
Servicio de Personal de cada Consejería.
Oficinas de Atención al Ciudadano.
* Presentación de solicitudes y documentación:
Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en el Registro de la Agencia de Vivienda Social (C/ Basílica, 23), o en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
- * Orden de 31 de octubre de 2016, del Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras (Agencia de Vivienda Social) por el procedimiento de Concurso de Méritos (BOCM nº 270, de 10 de noviembre)
* Las Órdenes de convocatorias publicadas a partir del 3 de octubre de 2016 se regirán por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Normativa Aplicable >
Órgano Responsable >
- Consejería de Transportes, Vivienda e InfraestructurasOrganismo autónomo Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
Plazos y efectos del silencio administrativo >
- PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
Información relacionada
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio
Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid
Tel. 914382275
D.G. de Industria, Energía y Minas
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Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia
Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid
Tel. 913925526
D.G. de Trabajo
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