Certificado de precio máximo de venta y/o renta
Las transmisiones de propiedad o derechos reales de viviendas protegidas están sujetas a limitación de precio de venta y renta durante el periodo que este sujeta al régimen de protección oficial.
Requisitos
Las viviendas de protección oficial están sujetas a una limitación en cuanto al precio máximo de venta y/o renta. así como a las siguientes limitaciones:
- Si la vivienda está acogida al Plan de Vivienda 2005-2008, o al Plan de Vivienda 2009-2012 no podrá ser transmitida a intervivos ni cederse el uso de la misma durante el plazo mínimo de 10 años desde la fecha de formalización de la adquisición. (Con independencia de si hubiera obtenido o no ayudas).
- Si por el contrario la vivienda está acogida a cualquier Plan de Vivienda anterior, sólo dispondrá de una limitación de disposición, si obtuvo financiación cualificada. Siendo el plazo el siguiente:
- Las calificadas con posterioridad a febrero de 2001: 10 años
- Las calificadas con anterioridad a febrero de 2001: 5 años
En ambos casos hay que solicitar una autorización previa de venta y/o renta.
En cualquier caso, se requerirá la previa cancelación o desafección del préstamo cualificado y el reintegro de las ayudas económicas directas recibidas a la Administración o Administraciones concedentes en cada caso, incrementadas con los intereses legales desde el momento de la percepción, excepto cuando la vivienda protegida sea objeto de dación en pago al acreedor o a cualquier sociedad de su grupo o de transmisión mediante procedimiento de ejecución hipotecaria o venta extrajudicial.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
- Fotocopia de la escritura de propiedad de su vivienda.
- Fotocopia del DNI del propietario
- Justificantes de ingreso de la tasa por importe de 11,45 ? en concepto de "tasa de autorización de transmisión de VPO" en la cuenta de Bankia; 2038 7494 87 6000153027
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
-
Plazo de presentación de solicitudes
Abierto todo el año.
Más información
-
Normativa:
Decreto 33/2013, de 11 de octubre, por el que se regula la vivienda de protección oficial en la Comunidad Autónoma de La Rioja
-
Sentido de silencio (silencio administrativo):
Positivo
- Observaciones:
Modos de pago:
- Cargo en cuenta
Número de Cuenta: ES1120387494876000153027
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Fomento y Política Territorial
- Órgano competente: Dirección General de Urbanismo y Vivienda
- Unidad tramitadora: Servicio de Vivienda
- Cargo que resuelve: Director/a General
Contacto
- Ana Ferrer
- Inmaculada Soto
- Correo electrónico gestion.vivienda@larioja.org
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
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