Centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP
Referencia
39553¿Qué es?
Construcción, diseño y puesta en servicio de los centros destinados a la recepción y almacenamiento de los envases de GLP para su posterior distribución y venta a los clientes finales.¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presentenTramitación
Primera categoría:
1º El titular del centro de almacenamiento y distribución de envases de GLP o su representante legal, una vez ejecutada la instalación y finalizada la inspección con resultado favorable por parte del Organismo de Control, deberá solicitar a la Dirección General de Industria, Energía y Minas la puesta en servicio de la misma presentando la documentación enumerada anteriormente.
2º Una vez analizada la documentación citada con resultado favorable, la Dirección General de Industria, Energía y Minas emitirá la Resolución por la que se autoriza la puesta en servicio del centro de almacenamiento y distribución de GLP.
Segunda, tercera, cuarta y quinta categoría:
1º El titular del centro de almacenamiento y distribución de envases de GLP o su representante legal, una vez ejecutada la instalación y finalizada la inspección con resultado favorable por parte del Organismo de Control, deberá presentar la documentación enumerada anteriormente. La presentación de la citada documentación habilita para la puesta en servicio de la instalación.
2º La Dirección General de Industria, Energía y Minas emitirá un documento de recepción de documentación dirigido al titular de la instalación.Efecto de silencio
EstimatorioNormativa efecto silencio
Ley 30/1992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa
3 mesesDecripción Tasa
Inversión hasta 3.005,06 Euros
Registro de instalación-Inversión entre 3.005,07 y 6.010,12 Euros
Registro de instalación-Inversión entre 6.010,13 y 30.050,61 Euros
Registro de instalación-Inversión entre 30.050,62 y 60.101,21 Euros
Registro de instalación-Inversión entre 60.101,22 y 120.202,42 Euros
Registro de instalación-Inversión de 120.202,43Eur en adelanteMedio Pago Tasa
- Pago Efectivo - Pago Electrónico: Transferencia Electrónica Tarjeta de Crédito
Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Información complementaria
Estos centros se dividen en cinco categorías en función de su capacidad de almacenamiento:
- Primera categoría: desde 25.001 kg hasta 250.000 kg.
- Segunda categoría: desde 12.501 kg hasta 25.000 kg.
- Tercera categoría: desde 1.001 kg hasta 12.500 kg.
- Cuarta categoría: desde 501 kg hasta 1.000 kg.Normativa aplicable
* Real Decreto 1085/1992, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad de Distribución de GLP (BOE nº 243, de 9 de octubre).
* Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de combustibles gaseosos (ITC-IGC-02) (BOE nº 211, de 4 de septiembre).
* Resolución de 15 de abril 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de diversos procedimientos (BOCM nº 110, de 10 de mayo).
- Plazos y efectos del silencio administrativo
- PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio
Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid
Tel. 914382275
D.G. de Industria, Energía y Minas
Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid
Tel. 915802100
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid
Tel. 917208002
Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia
Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid
Tel. 913925526
D.G. de Trabajo
Calle Princesa 5, 28008, Madrid
D.G. de Administración Local (CABRERA)
Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La
Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste
Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba
D.G. de Vivienda y Rehabilitación
Calle Braganza S/N, 28025, Madrid
Tel. 915804474
D.G. de Transportes
Calle Orense 60, 28020, Madrid
Tel. 915802898
D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano
Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid
D.G. de Función Pública
Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid
D.G. de Emergencias
Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las
Tel. 914207642
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