Centros con aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Plazo indefinido

  • Referencia


    45393
  • ¿Qué es?


    Declaración de funcionamiento de los centros que utilizan aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioleta en la Comunidad de Madrid.
  • ¿Quién puede?


    Se inscribirán en este registro las

    personas físicas o jurídicas

    titulares de establecimientos que utilizan aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioleta.
  • ¿Qué necesitas presentar?


    1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
    2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

    Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

  • Efecto de silencio


    No existe
  • Plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa


    No existe

  • Presentación de solicitudes



    La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
    (
    ver cómo tramitar)

    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

    Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

    Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

    Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
  • Información complementaria


    Los centros de bronceado deben mantener actualizada la información aportada, debiendo comunicar cualquier modificación que se produzca en relación con los aspectos contemplados en la solicitud (que encontrará en el apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).

    Si quiere conocer los cursos de formación autorizados por la Comunidad de Madrid para el personal encargado del funcionamiento y vigilancia de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas, consultar en el siguiente enlace.

    - Puede ampliar la información dirigiéndose al:

    Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública.
    Ronda de Segovia, 52, 2ª planta (Centro de Especialidades Hermanos Miralles).
    28005. Madrid.
    Teléfono: 91 370 20 21 / 25

    - Para más información pinche en el siguiente enlace (Portal Salud)

  • Normativa aplicable


    * Real Decreto 1002/2002, de 27 de septiembre, por el que se regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas (BOE nº 243, de 10 de octubre).
    * Decreto 10/2007, de 22 de febrero, por el que se regulan los centros que utilizan aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 64, de 16 de marzo).
    * Orden 800/2007, de 16 de mayo, por el que se regula el contenido y los requisitos docentes de los cursos de formación del personal encargado del funcionamiento y vigilancia de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas y la ficha personalizada de los usuarios de los centros que utilizan dichos aparatos en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 147, de 22 de junio).
    * Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de varios procedimientos administrativos (BOCM nº 20, de 25 de enero).
    * Corrección de errores de la Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de varios procedimientos administrativos (BOCM nº 35, de 11 de febrero).

    Órgano responsable

  • Consejería de Sanidad

    D. G. de Salud Pública

Gestión


Oficinas de la administración

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Tel. 913925526

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Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba

D.G. de Vivienda y Rehabilitación

Calle Braganza S/N, 28025, Madrid

Tel. 915804474

D.G. de Transportes

Calle Orense 60, 28020, Madrid

Tel. 915802898

D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano

Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid

D.G. de Función Pública

Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid

D.G. de Emergencias

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