Acceso y uso de Albergues, Campamentos y Residencias Juveniles del Instituto de la Juventud (2017)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Regular la oferta de plazas, sistema y condiciones de acceso y uso de Instalaciones Juveniles -Albergues, Campamentos y Residencias- cuando éstas últimas presten servicios como albergues juveniles de temporada, por parte de instituciones publicas o privadas y colectivos juveniles que desarrollen actividades dirigidas a la juventud de carácter formativo, informativo, de ocio, culturales, deportivas, de integración social o voluntariado.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Podrán solicitar el acceso y uso de las instalaciones juveniles indicadas:
  • a) Las asociaciones juveniles inscritas en el correspondiente registro dependiente del Instituto de la Juventud de Castilla y León y las asociaciones de castellanos y leoneses en el exterior.
  • b) El Consejo de la Juventud de Castilla y León.
  • c) Los Consejos Comarcales, Provinciales y Locales de juventud.
  • d) Las Corporaciones locales de la Comunidad.
  • e) El resto de entidades públicas o privadas, ONG, colectivos y asociaciones que realicen actividades juveniles.
  • f) Personas que lo soliciten a título individual.

Lugar y Forma de presentación

Presencial:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

Requisitos de acceso según el tipo de instalación juvenil:

¿Qué documentos necesito?

Las solicitudes para el período estival se presentarán mediante formulario normalizado. Cada interesado presentará un solo formulario de solicitud.

Se podrán solicitar plazas para la realización de hasta 3 actividades, en cuyo caso, en el apartado correspondiente de la solicitud habrá de consignarse claramente el orden de prioridad de la instalación y actividad.

Las solicitudes formuladas por entidades públicas o privadas, asociaciones, organizaciones y resto de colectivos que desarrollen actividades juveniles se acompañarán de una memoria proyecto descriptiva de la actividad a realizar, según formulario normalizado.

Fecha de publicación

18 de diciembre de 2018

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

CAMPAÑA ESTIVAL 2019 [Comprende del 1 de junio al 30 de septiembre]
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 DÍAS NATURALES a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en BOCyL: desde el 19 de DICIEMBRE de 2018 al 17 de ENERO de 2019.

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver la convocatoria y notificar la resolución será de 30 DÍAS a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido notificada, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes. Asimismo, las listas de adjudicatarios serán expuestas en las respectivas Secciones de Juventud y en el portal Web del Instituto de la Juventud de Castilla y León (juventud.jcyl.es).

Notificación

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos

  • Alzada.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Legislación aplicable

  • ORDEN FAM/1539/2010, de 25 de octubre, por la que se regula el acceso y uso a determinadas instalaciones juveniles del Instituto de la Juventud de Castilla y León (BOCyL 18-11-2010).
  • RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2018, del Instituto de la Juventud de Castilla y León, por la que se convocan plazas en determinadas instalaciones juveniles del Instituto de la Juventud de Castilla y León, para el período estival del año 2019. (BOCyL 18-12-2018)

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Instalaciones y Gestión Administrativa

Órgano que resuelve:

Directora General del Instituto de la Juventud de Castilla y León

Información adicional

  • Las plazas ofertadas para el período estival en cada tipo de instalación juvenil, se adjudicaran, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, transparencia y publicidad.
  • La adjudicación de plazas durante el período no estival, se realizará por riguroso orden de entrada de las solicitudes en la respectiva instalación juvenil. En el caso de los campamentos juveniles, el orden de prioridad vendrá fijado por la fecha de entrada de la solicitud de plazas en la Sección de Juventud correspondiente a la provincia de ubicación de la instalación.
  • El acceso extraordinario a plazas vacantes existentes en las residencias juveniles de titularidad del Instituto de la Juventud durante el curso lectivo universitario, se producirá, previa publicación de las vacantes en el portal Web del Instituto de la Juventud, www.juventud.jcyl.es, y en los tablones de anuncios de las correspondientes Secciones de Juventud, por riguroso orden de entrada de las solicitudes en la respectiva instalación.

Resolución. Beneficiarios

RESOLUCIÓN DE 12 DE FEBRERO DE 2019 DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE ADJUDICAN LAS PLAZAS EN INSTALACIONES JUVENILES PARA EL PERIODO ESTIVAL DEL AÑO 2019, CONVOCADAS POR RESOLUCIÓN DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE CASTILLA Y LEÓN DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2018.

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