Solicitud de Compensación de Deudas

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Las deudas con la Hacienda Municipal podrán extinguirse total o parcialmente por compensación, tanto en período voluntario cómo ejecutivo, con los créditos reconocidos por la misma a favor del deudor.

A quién está dirigido

Cualquier persona física o jurídica que tenga un crédito reconocido por el Ayuntamiento.

Cómo hacerlo

NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

Por Internet

Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

Tramitar por Internet >>


Presencialmente

El deudor que solicite la compensación deberá dirigirle al Ayuntamiento la correspondiente solicitud que contendrá los siguientes requisitos:
a) Nombre y apellidos o razón social completa, Número de identificación fiscal y domicilio fiscal del obligado tributario.
b) Deuda tributaria a la que se refiere la compensación y su importe, fecha de vencimiento del plazo de ingreso voluntario y referencia contable.
c) Crédito contra el Ayuntamiento que se ofrece compensar, su importe y naturaleza.
d) Declaración expresa de no haber transmitido o cedido el crédito a otra persona.

Documentación requerida

  • Certificado de la oficina de contabilidad municipal de la existencia de crédito reconocido y pendiente de pago
    O en su caso, justificación de haber solicitado certificado de la oficina de contabilidad del órgano gestor del gasto o del pago, en el que se refleje la existencia del crédito reconocido pendiente de pago, la fecha de su reconocimiento y la suspensión, la instancia del interesado, de los trámites para su abono en tanto no se comunique la resolución del procedimiento de compensación.
  • Impreso de autoliquidación
    Para el caso de solicitud de compensación con deudas autoliquidables. Salvo que el interesado no esté obligado a presentarlo por obrar ya en poder de la Administración, en tal caso, señalará en la solicitud el día en que presentó por registro la autoliquidación y su número de justificante.
  • Documentación Complementaria
    Cuando se solicite la compensación con la devolución de un ingreso indebido por cualquier tributo deberá presentar:
    - Copia del acto.
    - Resolución o sentencia firme.
    - Declaración escrita del solicitante de que tal acto no está reclamado.

Observaciones


La Alcaldía acordará o denegará la compensación en el plazo máximo de seis meses.


Oficinas

  • Tesorería - Recaudación

    Ayuntamiento de Vigo
    Plaza del Rey 1 - Planta Baja
    36202 Vigo
    Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

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