OB-001 Licencia de Obra Nueva
Abarca los siguientes tipos de obra:
a) Obras de sustitución: son aquellas en las que se derriba una edificación existente y en su lugar se construye una nueva.
b) Obras de nueva planta: son aquellas mediante las cuáles se edifica una parcela libre de edificación.
c) Obras especiales: son aquellas obras de características particulares que sólo se pueden realizar en caso de que sean exigidas por la propia normativa aplicable; se establecen tres grupos:
1. Obras de reconstrucción: son las que tienen por objeto la reposición mediante nueva construcción de un edificio preexistente en el mismo lugar y posición, total o parcialmente desaparecido, reproduciendo fielmente sus características morfolóxicas. Sólo se considera este tipo de obras en edificios sometidos a algún régimen de protección que las exija, quedan exentas del cumplimiento de las condiciones de nueva planta que las imposibiliten, aunque no de las de seguridad.
2. Obras de desmontado traslado y reedificación.
3. Obras de recuperación tipológica: son aquellas obras de nueva edificación que deben realizarse de acuerdo con un modelo tipolóxico preestablecido por el planeamiento. Estas obras vendrán impuestas en la normativa correspondiente, según casos específicos.
A quién está dirigido
Cualquier persona física o jurídica.
Cómo hacerlo
Por Internet
Pulsando en el botón "Tramitar por Internet" puede realizar el pago de la autoliquidación online y enviar la documentación requerida de forma telemática. De esta manera la solicitud resultante y la documentación requerida quedará registrada de forma automática en el Registro de la Gerencia de Urbanismo sin que tenga que realizar ningún trámite de forma presencial.
Presencialmente
Deberá entregar el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con el justificante del pago de la tasa correspondiente así como la documentación requerida en el registro de la gerencia de urbanismo.
Documentación requerida
- Impreso de solicitud de obra nueva (2 copias)
- Datos identificativos de la persona solicitante
- Personas físicas
DNI (o documento que haga sus veces) del solicitante y del representante. Las personas que comparezcan o firmen en representación de otra, acompañarán además un documento que acredite debidamente dicha representación (autorización expresa, poder notarial o declaración responsable). - Personas jurídicas
1. DNI (o documento que haga sus veces) de la persona representante y documentación acreditativa de la representación.
2. Escritura o documento de constitución y/o Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, segundo el tipo de persona jurídica de que se trate.
- Personas físicas
- Escritura pública de propiedad del terreno
Dicha escritura se acercará inscrita en el Registro de la Propiedad cuando haya cesiones u otras condiciones sujetas a inscrición registral.
- Reportaje fotográfico del solar o de la edificación
Suscrita por la persona solicitante y por el técnico redactor del proyecto. En los casos de nueva edificación en edificaciones entre medianeras, se acompañará también fotografías de las fachadas de los edificios vecinos.
- Oficio de las dirección de obras
- Cuestionario estadístico de edificación y vivienda del Ministerio de Fomento
- En el caso de edificaciones pegadas y cuando proceda
- Documentación acreditativa de la mancomunidad de patios o garajes o compromisos con los lindantes
- Autorizaciones sectoriais previas preceptivas
- En el caso de proyectos u oficios de dirección sin visado colegial
- Declaración responsable (o certificado colegial) del técnico redactor del proyecto
En el que figuren sus datos personales y profesionales de forma que permita su identificación y en la que se acredite que no está inhabilitado o incurso en causa de incompatibilidad.
- Declaración responsable (o certificado colegial) del técnico redactor del proyecto
- En edificaciones incluidas en las zonas de ordenanza 2 y en los casos particulares de la ordenanza 1
- Resultado de la consulta previa ante la comisión de seguimento del PEEC
Será preceptiva hasta que sea aprobado definitivamente el Plan Especial del Ensanche.
- Resultado de la consulta previa ante la comisión de seguimento del PEEC
- Se entrega proyecto básico
- Proyecto técnico
Redactado por técnico competente con el contenido establecido en el Anexo I de la Parte I del Código Técnico de la Edificación y en el anexo I de la Ordenanza de tramitación de licencias (2 copias ) (3 copias en edificios catalogados) (1 copia presentación telemática). - Justificación del cumplimiento de la ordenanza municipal sobre captación y aprovechamiento de energía solar para usos térmicos en edificacións e instalaciones en el término municipal de Vigo
- Plano de los perfiles
Si las obras para las que se solicita licencia comportan la ejecución de escavaciones, terraplenes, desmonte o rebaje de tierras.
Presentará plano de los perfiles que se consideren necesarios para apreciar el volumen y características de la obra a realizar así como los de detalles precisos que indiquen las precauciones a adoptar en relación con la propia obra, vía pública y fincas o construcciones vecinas que puedan ser afectadas por el desmonte o terraplén.
- Proyecto técnico
- Se entrega proyecto básico y ejecución (además de la documentación anterior)
- Proyecto de infraestruturas comunes de telecomunicacións
Redactado por el técnico competente de acuerdo con el RD.ley 1/1998 (en el caso de edificios con división horizontal). (1 copia) - Estudio de Seguridad y Salud
Según R.d. 1627/1997 redactado por el técnico competente. - Proyecto técnico de la instalación de energía solar térmica para agua caliente sanitaria
Redactado por técnico competente. - Oficio de la dirección de la ejecución de la obra
- Estudio de gestión de residuos
Según R.d. 105/2008.
- Proyecto de infraestruturas comunes de telecomunicacións
- Si la edificación tiene por objeto el desarrollo de una actividad
- Proyecto técnico de la actividad y de las instalaciones
(o Memoria en el caso de instalaciones de pequeña entidad) redactado por técnico/a competente, con el contenido establecido en el anexo I de la Ordenanza de tramitación de licencias. - Declaración expresa
Declaración de que se cumplen todos los requisitos para el ejercicio de la actividad y de que los locales y las instalaciones reúnen las condiciones de seguridad, salubridad y las demás previstas en el planeamento urbanístico. - La autorización o declaración ambiental que proceda
- Autorizaciones e informes sectoriales que sean preceptivos
Junto con la manifestación expresa de que se cuenta con todos los necesarios para el inicio de la obra, instalación o actividad.
- Proyecto técnico de la actividad y de las instalaciones
Oficinas
- Gerencia Municipal de Urbanismo
Plaza del Rey s/n
Teléfono: 986 810 349Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Normativa Municipal
- Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de las licencias urbanísticas y otras formas de intervención administrativa aprobada el día 28.10.2013 (BOP de Pontevedra número 235, del 9 de diciembre de 2013), y adaptación de los anexos y de los modelos normalizad
Trámites relacionados
- OB-007 Licencia de Obra (Varios)
- OB-002 Licencia de Obras de Ampliación / Reestructuración
- OB-003 Licencia de Obras de Reforma y Consolidación
- OB-004 Licencia de Obras de Movimiento de Tierras
- OB-005 Licencia de Parcelamiento o Informe de Innecesidad de Parcelamiento
- OB-006 Licencia de intervenciones menores en Edificios Catalogados
- OB-008 Licencia de Obra de Reforma Comercial (Edificios Catalogados)
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Escola Municipal de Artes e Oficios
Calle Garcia Barbon 1, 36200, Vigo