Autoliquidación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica IVTM
Denominación
Autoliquidación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica IVTM
Descripción
Comunicaición de alta por nueva matriculación
El pago de la autoliquidación será requisito previo para la matriculación de un vehículo ante la Jefatura Provincial de Tráfico.
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se devengará por primera vez en la fecha en que se matricule el vehículo cualquiera que sea la fecha dentro del año, en cuyo caso el importe de la cuota del Impuesto se prorrateará por trimestres naturales. En los ejercicios siguientes, el Impuesto se devengará anualmente con efectos desde el 1 de enero de cada año.
Destinatarios
- Titulares de nuevos vehículos de tracción mecánica, así como de vehículos dados de baja definitiva que se pretendan rehabilitar, aptos para circular por las vías públicas, cualesquiera que sean su clase y categoría, a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación, con domicilio en el Municipio de Santa Cruz de Tenerife
- Gestores Administrativos que actúen en representación de los titulares de los nuevos vehículos
Medios de Presentación
Presencial
Telemático
Plazo de Presentación
Sin plazo
Documentación
- Autoliquidación IVTM (3 ejemplares)
- Fotocopia DNI o CIF, del interesado (del comprador del vehículo).
- Fotocopia de la ficha técnica del vehículo
- Documentación correspondiente a exenciones o bonificaciones, en su caso.
- Justificante del ingreso bancario
En caso de actuar mediante representante:
- Documento acreditativo de la representación
- Documento de identidad del Representante
Tasas
No procede
Información
- Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas - Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Órgano de Resolución
Sin resolución
Normativa
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones
El justificante del registro de entrada de la autoliquidación y el justificante de ingreso de la misma deberá presentarlo en la DGT para su matriculación
Unidad Tramitadora
Servicio de Gestión Tributaria