IVTM. Solicitud de Bonificación Vehículos Antiguos o Históricos en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Fecha última Actualización: 29/09/2016
Objeto
Solicitud para obtener una bonificación sobre la cuota del impuesto, incrementada o no por la aplicación del coeficiente, en su caso, para los vehículos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años o (1)hayan sido calificados de históricos contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar. (1) A 1 de Enero del ejercicio que se solicita (fecha inicio periodo impositivo).
Unidad Tramitadora
Sección de Tributos
Documentación a aportar
Documentación básica
Permiso de circulación del vehículo si se trata de vehículo histórico el permiso tiene unas características especiales
Ficha técnica del vehículo
En el caso de que realice el trámite presencialmente o por correo, deberá presentar
Documento de identidad del interesado
En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
Documento de identidad del interesado
Documento de identidad del representante
Acreditación de la representación
Quién puede realizar la solicitud
Las personas físicas o jurídicas y los entes sin personalidad jurídica a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, a cuyo nombre conste el vehículo con el permiso de circulación.
% Bonificación IVTM vehículos antiguos
Se establece una bonificación del 100% en la cuota correspondiente.
Observaciones y otros datos de interés
Para la concesión de esta bonificación se requiere solicitud previa del titular del vehículo:
Si la presentación de la solicitud es anterior a que la liquidación adquiera firmeza (art. 4.4. de la O.F.G.), la bonificación tendrá efectos en el presente ejercicio.
Si es posterior a dicha firmeza, se aplicará en el ejercicio siguiente.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 24 de la O.F.G., en caso de resolución estimatoria de esta solicitud NO SE PROCEDERÁ A SU NOTIFICACIÓN EXPRESA, entendiéndose efectuada la misma con su inclusión en el Padrón de este tributo y su publicación en el BOP (art. 77 de la O.F.G.) salvo que por el interesado se solicite su notificación.
O.F. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.)
Texto Íntegro
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
Unidad Administrativa
Sección de Tributos
Carta de Servicios
IVTM. Solicitud de Bonificación Vehículos Antiguos o Históricos en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
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Que en relación con el vehículo que se ha indicado, reúne las condiciones establecidas en el artículo 6.1 de la vigente Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, relativo a la bonificación del 100% de la cuota del Impuesto para vehículos históricos, o aquéllos que tengan una antigüedad mínima de 25 años, adjuntando la documentación necasaria para ello
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SOLICITA. "En el recuadro de la parte inferior se muestra un texto tipo, ajustado al asunto que está tramitando en este momento. Puede modificarlo o añadir la información que estime conveniente. El contenido resultante se incluirá en la instancia".
La concesión de la bonificación del 100% en la cuota del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo referenciado y con efectos para el presente ejercicio, declarando expresamente que reúne todos y cada uno de los requisitos que se especifican en el art. 6.1 de la Ordenanza Fiscal reguladora del citado Impuesto
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FIN DEL DIÁLOGO. "Compruebe el contenido de los informes que se generan y retroceda si desea modificar datos o respuestas".