Libro de familia
Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administraciónEn el libro de familia se inscriben el matrimonio, nacimientos, defunciones, separaciones y divorcios.
¿Cómo se hace el trámite?
- En el caso de matrimonio lo tramita el mismo funcionario que hace el expediente matrimonial, civil o canónico. Si es matrimonio canónico, debe presentar la hoja que da la parroquia para hacer la inscripción. Si es un matrimonio civil, se entrega en el momento en que se hace la inscripción del matrimonio.
- Si es por nacimiento de un hijo, debe hacerlo en el momento de la inscripción del mismo.
- En caso de pedir un duplicado, ya sea por pérdida, robo o deterioro, debe presentarse ante el Registre Civil y manifestar el hecho. Debe firmarse firmar la solicitud que proporciona el mismo Registre Civil y presentar declaración de pérdida o denuncia de robo segun el caso.
- La entrega es, según los casos, entre 10 y 15 días para los matrimonios canónicos o duplicados. Para matrimonios en el mismo Registre Civil, se entrega en el mismo momento de la boda. En el caso de matrimonio en el Ayuntamiento el Registro Civil tarda 15 dias desde el momento en que el Ayuntamiento hace llegar al Registro las certificaciones de matrimonio.
- Si el solicitante vive fuera de Barcelona se puede pedir el libro de familia a través del juzgado del Registro Civil de la localidad donde viva.
¿Quién lo puede pedir?
Tienen libro de familia las personas que están casadas, o bien las personas que, con cualquier estado civil, tienen hijos. Hay que tener presente que se tiene libro de familia para cada hijo de padres diferentes.
Siempre debe recogerlo la persona interesada.
¿Dónde se puede hacer?
Organismo responsable
- Administración General del Estado